SALINAS Y BRICEÑO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2026
- Repertorio
- 3988/2026
- Comuna
- Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: por escritura pública otorgada el 29 de mayo de 2026, ante mi, Repertorio Nº3988/2026: Doña VERONICA CAROLINA BRICEÑO CARMONA, don FABIAN ANTONIO SALINAS SANTIAGO, doña SANDRA ISVETT BRICEÑO CARMONA, doña LESBIA COROMOTO BRICEÑO DE SAEZ, y don LUIS ALIRIO SAEZ CORONADO, todos domiciliados Miraflores 455, Departamento 1511, comuna de Santiago; modificaron sociedad “SALINAS Y BRICEÑO LIMITADA“, constituida 26 de junio de 2018, ante notario de Santiago, Camilo Valenzuela Riveros, inscrita fojas 48433 Nº 25107, Registro Comercio de Santiago, año 2018, en siguientes aspectos: 1) don Fabian Antonio Salinas Santiago, vende, cede y transfiere a doña Lesbia Coromoto Briceño de Sáez quien compra, acepta y adquiere para sí, el 16,68% de los derechos sociales que tiene en la sociedad “Salinas y Briceño Limitada”. El precio de la cesión es la suma de $600.000; 2) Quedan como únicos socios de la sociedad “SALINAS Y BRICEÑO LIMITADA“ los siguientes: a) doña Verónica Carolina Briceño Carmona con un 25 % de los derechos sociales; b)doña Lesbia Coromoto Briceño de Sáez con un 41,68% de los derechos sociales; c)doña Sandra Isvett Briceño Carmona con un 16,66% de los derechos sociales y d)don Luis Alirio Sáez Coronado con un 16,66% de los derechos sociales; 3) Modifican la cláusula Cuarta del pacto social en sentido que administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a doña VERÓNICA CAROLINA BRICEÑO CARMONA.- Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia respectivos aportes, declaran que quedan vigentes las cláusulas del pacto social, en todo lo que no se hubiere modificado en virtud del presente instrumento.- Santiago, 29 de mayo de 2026.-lp