ELIANA GUERRERO Y COMPAÑIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de junio de 2026
- Repertorio
- 3084-2026
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaria
- Comuna
- Stgo
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Administración
Sin perjuicio de lo anterior, en el evento que el ejercicio de cualquiera de las facultades mencionadas en la escritura de modificación social, signifique una operación de más de $8.000.000, necesariamente de manera conjunta, deberán actuar dos de los administradores. En todo lo no modificado, siguen vigentes los estatutos primitivos
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ELIANA SOFÍA GUERRERO LÓPEZ | socio | 6173767-7 | — | — | |
| SOFÍA DE MARÍA RIFFO GUERRERO | socio | 16368609-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en calle Avenida La Dehesa 1450, local 1, comuna de Lo Barnechea, certifica: Que por escritura pública Repertorio 3084-2026, de fecha 03 de Junio de 2026, ante mí: doña ELIANA SOFÍA GUERRERO LÓPEZ, CI: 6.173.767-7 y doña SOFÍA DE MARÍA RIFFO GUERRERO, CI: 16.368.609-0, con domicilio para estos efectos en calle Los Laureles, N° 1.110, depto. 404, comuna de Vitacura, Reg. Metropolitana. Antecedentes.: Eliana Sofía Guerrero López y Sofía De María Riffo Guerrero, únicas y actuales socias de ELIANA GUERRERO Y COMPAÑIA LIMITADA o ELIANA GUERRERO Y CIA. LTDA., Rut N° 76.152.753-3, fue constituida por esc. pública de fecha 10.06.2011, otorgada ante Notario suplente don David Poza Matus de la Notaría de Stgo., de don Luis Poza Maldonado, inscrita a fjs: 33707, N° 25166 del Reg. de Comercio de Stgo. del año 2011, y publicada en el D.O con fecha 25.06.2011. Capital: $20.000.000, aportados: A) Eliana Sofía Guerrero López, con $10.200.000, equivalentes al 51% de los derechos sociales y b) Sofía De María Riffo Guerrero $9.800.000, equivalentes al 49% de los derechos sociales. Cesión De Derechos.- A) ELIANA SOFÍA GUERRERO LÓPEZ dueña del 51% de los derechos sociales de ELIANA GUERRERO Y COMPAÑIA LIMITADA, vende, cede y transfiere: i) el 3,26% de sus derechos sociales, a la sociedad MASEF CHILE SpA, con domicilio para estos efectos en Los Coipos, N° 247, comuna de Colina, Reg. Metropolitana, en el precio de $664.000, los que paga al contado, en dinero en efectivo. ii) el 48,37% de sus derechos sociales, a la soc. COMERCIAL INVENTURA SOCIEDAD ANÓNIMA., con domicilio para estos efectos en Santa Elena de Huechuraba, N° 1701, of. 3 A, comuna de Huechuraba, Reg. Metropolitana, en el precio de $9.868.000, los que paga al contado, en dinero en efectivo y iii) el 48,37% de sus derechos sociales, a la soc. INVERSIONES RIAL LIMITADA., con domicilio para estos efectos en Avenida Manquehue Sur, N° 350, Las Condes, Reg. Metropolitana, en el precio de $9.868.000, los que paga al contado, en dinero en efectivo. B) SOFÍA DE MARÍA RIFFO GUERRERO, dueña del 49% del total de los derechos sociales de ELIANA GUERRERO Y COMPAÑIA LIMITADA, vende, cede y transfiere: iv) el 46,94% de sus derechos sociales, a la sociedad MASEF CHILE SpA., en el precio de $9.200.000, los que paga al contado, en dinero en efectivo. v) el 53,06% de sus derechos sociales, a la soc. INVERSIONES TRAMPOLIN SpA., con domicilio para estos efectos en San José de la Sierra N° 99, dpto. 1.104, comuna de Las Condes, Reg. Metropolitana, en el precio de $10.400.000, los que paga al contado, en dinero en efectivo. En virtud de la cesión de derechos precedente, se retiran de la sociedad doña Eliana Sofía Guerrero López y Sofía De María Riffo Guerrero, quedando como únicos socios de la sociedad ELIANA GUERRERO Y COMPAÑIA LIMITADA: a) MASEF CHILE SpA, con el 24,66% del total de los derechos sociales. b) COMERCIAL INVENTURA SOCIEDAD ANÓNIMA, con el 24,67% del total de los derechos sociales. c) INVERSIONES RIAL LIMITADA, con 24,67% del total de los derechos sociales y d) INVERSIONES TRAMPOLIN SpA, con el 26% del total de los derechos sociales. Modificación de Administración Social: Los socios acuerdan eliminar el Artículo Octavo y modificar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, estableciendo que la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social, corresponderá de manera individual a don Ignacio Javier Rojas Guerrero, y a don Carlos Alfredo Undurraga Belaúnde, don Xavier Alejandro Texidó Zlatar y don Pablo Nicolás Riffo Di Cola, quienes podrán actuar en conjunto, a lo menos dos de ellos, y anteponiendo a sus firmas la razón social, la obligarán con las más amplias facultades en toda clase de actos y contratos. Excepción al ejercicio de facultades de administración. Sin perjuicio de lo anterior, en el evento que el ejercicio de cualquiera de las facultades mencionadas en la escritura de modificación social, signifique una operación de más de $8.000.000, necesariamente de manera conjunta, deberán actuar dos de los administradores. En todo lo no modificado, siguen vigentes los estatutos primitivos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de junio 2026.