Instrumento
- Fecha
- 1 de junio de 2026
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Domicilio
- Orrego Luco Nº0153
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
fabricación, comercialización, exportación, importación de alimentos terminados y semielaborados en establecimientos propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; fabricación, comercialización, exportación, importación de insumos, maquinas, partes y piezas para la industria alimentaria; prestación de servicios relacionados con industria y comercio de alimentos; y representación de empresas nacionales y extranjeras en la comercialización de bienes físicos y tecnología relacionados con la industria y comercio de alimentos;
Administración
Directorio compuesto 5 miembros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público, Orrego Luco Nº0153, Providencia, certifico: por escritura de hoy, ante mí, “QUINTA S.A.”, RUT Nº76.773.020-9 , representada por Andrés Eduardo De La Sotta Fernández, C.de I. Nº12.661.763-1, Avda. José Manuel Guzmán Nº1066, Pudahuel, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones: Nombre: “Centro Productivo de Pastelería SpA”, abreviado “Centro Productivo SpA” y “CPP SpA”; Domicilio: Santiago; Objeto: fabricación, comercialización, exportación, importación de alimentos terminados y semielaborados en establecimientos propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; fabricación, comercialización, exportación, importación de insumos, maquinas, partes y piezas para la industria alimentaria; prestación de servicios relacionados con industria y comercio de alimentos; y representación de empresas nacionales y extranjeras en la comercialización de bienes físicos y tecnología relacionados con la industria y comercio de alimentos; Capital: $100.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, integramente suscrito y pagado; Duración: indefinida; Administración: Directorio compuesto 5 miembros. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 01 de junio 2026.