MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA EL SOSIEGO LIMITADA

RUT 76001843-0 CVE 2824894
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de abril de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de abril de 2026
Repertorio
9022/2026
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 22/04/2026, Repertorio 9022/2026, ante mi, doña ELIANA RODRÍGUEZ LARRAÍN, C.I. N° 1.980.692-8; ISABEL MARGARITA ROZAS RODRÍGUEZ, C.I. N° 6.375.509-5; CATALINA MEKIS ROZAS, C.I. N° 15.643.228-8; JOSEFINA MEKIS ROZAS, C.I. N° 16.018.812-k; PATRICIO MEKIS ROZAS, C.I. N° 16.362.034-0; FEDERICO MEKIS ROZAS, C.I. N° 16.663.069-K; TOMAS MEKIS ROZAS, C.I. N° 17.960.989- 4; e ISABEL MEKIS ROZAS, C.I. N° 18.463.019-2, todos domiciliados para estos efectos en Av. Presidente Kennedy 5454, oficina 702, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada AGRÍCOLA EL SOSIEGO LIMITADA, inscrita a fojas 235 N° 193 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quillota del año 2007, en el siguiente sentido: 1) Según consta en sentencia de fecha 14 de enero de 2025, emitida por el 24º Juzgado Civil de Santiago, en causa caratulada “ROZAS/, Rol N°V-211-2024, sobre insinuación de donación, se autorizó a ISABEL MARGARITA ROZAS RODRÍGUEZ donar en forma irrevocable, gratuita y a título de legítima a CATALINA MEKIS ROZAS, JOSEFINA MEKIS ROZAS, PATRICIO MEKIS ROZAS, FEDERICO MEKIS ROZAS, TOMAS MEKIS ROZAS e ISABEL MEKIS ROZAS, la nuda propiedad, en partes iguales, del 99% de los derechos sociales de AGRÍCOLA EL SOSIEGO LIMITADA; así a cada uno de ellos les dono la nuda propiedad del 16,5% de dichos derechos. 2) En virtud de lo expuesto, y mediante la escritura extractada, ISABEL MARGARITA ROZAS RODRÍGUEZ cedió en forma irrevocable, gratuita y a título de legítima a CATALINA MEKIS ROZAS la nuda propiedad del 16,5% de los derechos sociales; JOSEFINA MEKIS ROZAS la nuda propiedad del 16,5% de los derechos sociales; PATRICIO MEKIS ROZAS la nuda propiedad del 16,5% de los derechos sociales; FEDERICO MEKIS ROZAS la nuda propiedad del 16,5% de los derechos sociales; TOMAS MEKIS ROZAS la nuda propiedad del 16,5% de los derechos sociales; ISABEL MEKIS ROZAS la nuda propiedad del 16,5% de los derechos sociales. De esta forma CATALINA MEKIS ROZAS, JOSEFINA MEKIS ROZAS, PATRICIO MEKIS ROZAS, FEDERICO MEKIS ROZAS, TOMAS MEKIS ROZAS e ISABEL MEKIS ROZAS, aceptaron los derechos cedidos, con el consentimiento de los demás socios de AGRÍCOLA EL SOSIEGO LIMITADA. 3) Como consecuencia de las cesiones ya indicadas, los socios acordaron modificar el artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, el que reemplazan por el nuevo artículo: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, la que se encuentra íntegramente pagada e ingresada a la caja social con anterioridad a esta fecha y que se distribuye en los siguientes porcentajes: a) doña ELIANA RODRÍGUEZ LARRAÍN, con un 0,5% de los derechos sociales; b) doña CATALINA MEKIS ROZAS, con un 0,08333333%, aproximadamente, de los derechos sociales en pleno domino y un 16,5% de los derechos sociales en nuda propiedad; c) doña JOSEFINA MEKIS ROZAS, con un 0,08333333%, aproximadamente, de los derechos sociales en pleno domino y un 16,5% de los derechos sociales en nuda propiedad; d) don PATRICIO MEKIS ROZAS, con un 0,08333333%, aproximadamente, de los derechos sociales en pleno domino y un 16,5% de los derechos sociales en nuda propiedad; e) don FEDERICO MEKIS ROZAS, con un 0,08333333%, aproximadamente, de los derechos sociales en pleno domino y un 16,5% de los derechos sociales en nuda propiedad; f) don TOMAS MEKIS ROZAS, con un 0,08333333%, aproximadamente, de los derechos sociales en pleno domino y un 16,5% de los derechos sociales en nuda propiedad; y g) doña ISABEL MEKIS ROZAS, con un 0,08333333%, aproximadamente, de los derechos sociales en pleno domino y un 16,5% de los derechos sociales en nuda propiedad. Se hace presente que doña ISABEL MARGARITA ROZAS RODRÍGUEZ, tiene el usufructo vitalicio del 99% de los derechos sociales de AGRÍCOLA EL SOSIEGO LIMITADA.” Demás estipulaciones en escritura extractada.