MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

SEGURIDAD EBV S.A.

RUT 76857560-6 CVE 2824347
Fecha instrumento
5 de junio de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de junio de 2026
Repertorio
9413
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con domicilio en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: Que, ante mí, con fecha 08 de junio del año 2026, Repertorio N° 9.413, ante mí, se redujo a escritura pública, Repertorio N° 9413, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de SEGURIDAD EBV S.A., Rol Único Tributario número 76.857.560-6 e inscrita a fojas 20807, número 15214 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007 (la “Sociedad”), celebrada el día 05 de junio de 2026, con la asistencia del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad y con mi presencia, en la cual los accionistas Fernando Patricio López Godoy, cédula de identidad número 11.838.671-K, INVERSIONES INGENIEROS CONSULTORES LÓPEZ GODOY SpA, Rol Único Tributario número 76.445.784-6, e INVERSIONES MAR DEL SUR LIMITADA, Rol Único Tributario número 77.190.220-0, debidamente representados, acordaron, entre otras materias: 1) Aumentar el número de Directores que conforman el Directorio de la Sociedad, de 3 miembros como actualmente se establece en los estatutos sociales, a 4 miembros y modificar ciertas normas de administración contenidas en los estatutos sociales; 2) Como consecuencia de lo anterior, se acordó modificar íntegramente los artículos Séptimo, Noveno y Décimo Segundo, por los siguientes: “ARTÍCULO SÉPTIMO: La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto por cuatro miembros titulares y reelegibles. El Directorio durará un período de 3 años, al final del cual deberá renovarse totalmente. Los Directores podrán ser reelegidos indefinidamente en sus funciones. No se requerirá ser accionista de la sociedad para ser director. Los directores serán elegidos, revocados o sustituidos en cualquier tiempo mediante acuerdo adoptado en Junta Ordinaria o Extraordinaria de Accionistas. Si se produjere la vacancia de un Director, el Directorio podrá nombrar a un reemplazante hasta la próxima Junta Ordinaria de Accionistas.” "ARTÍCULO NOVENO: En primera citación, el quórum de instalación para las sesiones de Directorio será de tres de sus miembros en ejercicio. En segunda citación, el quórum de instalación para las sesiones de Directorio será de al menos dos de sus miembros en ejercicio. Los acuerdos y decisiones se adoptarán por mayoría absoluta de los Directores asistentes y, en caso de empate, decidirá el voto de quien presida la reunión. Las sesiones de Directorio podrán celebrarse con la asistencia física o presencial de sus miembros y/o a través de algún medio de audio o videoconferencia o telepresencia, u otros telemáticos o tecnológicos acordados por el Directorio, que aseguren la comunicación simultánea y continuada en la reunión y la fidelidad de la asistencia y de los acuerdos adoptados en las mismas”. “ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Las sesiones del Directorio serán ordinarias y extraordinarias y se celebrarán en la ciudad del domicilio social de la sociedad, salvo que, por acuerdo unánime del Directorio, éste dispusiere su celebración en otro lugar dentro del país. Las primeras se celebrarán mensualmente, en los días y horas que el propio Directorio hubiere predeterminado para ello. Las segundas se celebrarán cuando cite a ellas el Presidente, por sí o a indicación de uno o más directores, previa calificación, en este último caso, que el Presidente hará de la conveniencia o procedencia de la reunión, salvo que ésta sea solicitada por la mayoría absoluta de los directores miembros del Directorio en ejercicio, en cuyo caso deberá citarse a sesión de éste, sin necesidad de dicha calificación previa del Presidente. La citación a sesiones extraordinarias se hará por medio de carta y/o correo electrónico, indistintamente, dirigido al domicilio o casilla que cada uno de los directores haya designado y registrado en la sociedad, citación que será enviada por el Presidente con, a lo menos, diez días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la reunión. No será necesaria la citación si participan en la sesión, sea presencialmente o por algún medio telemático conforme lo autoriza el número siguiente, la totalidad de los directores.” Demás estipulaciones y acuerdos en escritura extractada. Santiago, 09 de junio del año 2026.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.