METABASE Q SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2026
- Repertorio
- 29307-2026
- Notario
- PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES
- Oficio
- 38ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, Notario Público Suplente de la 38ª Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Las Condes certifica: con fecha 5 de junio de 2026, bajo Repertorio N°29307-2026, ante mí, se redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad METABASE Q SpA (la “Sociedad”), celebrada en la misma fecha con la asistencia del 100% del total de las acciones de la sociedad, representadas por el único accionista METABASE Q, INC., quien acordó modificar el artículo décimo segundo y el artículo décimo tercero de los estatutos sociales, en el sentido de que: (i) La administración corresponderá a uno o más administradores, quienes podrán actuar y ejercer las facultades propias de la administración, y quienes tendrán exclusivamente la facultad y responsabilidad respecto de la administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad. Él o los administradores, según corresponda, serán designados y removidos por los accionistas, quienes además podrán establecer la forma de actuación y limitaciones a las que él o los administradores estén sujetos, mediante acuerdo adoptado en Junta de Accionistas por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto, sin perjuicio de que dicho acuerdo podrá adoptarse directamente por medio de escritura pública o instrumento privado protocolizado, en caso de que a ésta o éste concurra la totalidad de los accionistas de la Sociedad. La designación o remoción de él o los Administradores, según corresponda, deberá anotarse al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo; y (ii) La Sociedad podrá tener un Gerente General, que será designado y removido por los accionistas en la misma forma prevista para los administradores, y quienes fijarán sus atribuciones y deberes. El único accionista acordó además modificar el artículo décimo octavo, vigésimo y vigésimo quinto de los estatutos sociales, en cuestiones que no son materia de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de junio de 2026.