MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES FUTUR INTERNACIONAL SpA

RUT 78123753-1 CVE 2824773
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de mayo de 2026
Repertorio
2523-2026
Notario
Pablo A. González Caamaño
Oficio
Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 13 de Mayo de 2026, Repertorio N°2523-2026, ante mi, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria De Accionistas de INVERSIONES FUTUR INTERNACIONAL SpA en la que se acordó reemplazar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales respecto al Objeto que será el siguiente: "ARTÍCULO CUARTO: La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, títulos de créditos y efectos de comercio en general; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; la celebración de cualquier acto o contrato relativo a valores mobiliarios y acciones en sociedades de capital y/o derechos en sociedades de personas y otras, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y la realización de toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los objetivos anteriores. Asimismo, la sociedad tendrá por objeto invertir en instrumentos de inversión en el extranjero y en moneda extranjera, ya sea en bienes corporales o incorporales muebles o inmuebles.". CERTIFICADO: El Notario infrascrito certifica haber tenido a la vista el libro de accionistas de dicha sociedad donde consta que Inmobiliaria y Constructora Futur S.A. es único y actual accionista dueño de 1000 acciones. Capital $1.000.000.- En todo lo demás sigue vigente escritura constitutiva.