Inversiones Dexia SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de febrero de 2020
- Repertorio
- 267-2020
- Notario
- JULIO MONJE SILVA
- Oficio
- Primera Notaría de La Florida
- Comuna
- La Florida
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJULIO MONJE SILVA, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de La Florida, y oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente número siete mil ciento treinta y uno, certifico: por escritura de hoy, ante mí, don ISRAEL JEFTE LETELIER PÉREZ, C.I.N°12.021.451-9, domiciliado en calle Badajoz N°100, oficina 523, comuna Las Condes, Región Metropolitana, modificó la Sociedad por Acciones denominada "Inversiones Dexia SpA", Rut: 77.133.981-6, constituida por escritura pública otorgada el 21 de febrero del año 2020, ante el Notario Público de Santiago don Elías Jarufe Rojas, Repertorio N°267-2020, inscrita a fojas 15276, número 7856, del Registro de Comercio de Santiago del año 2020, y publicada en el Diario Oficial de fecha 27 de febrero del año 2020, con un capital de $8.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, de una misma serie, totalmente suscritas y pagadas. Con fecha 22 de mayo de 2026, en su calidad de accionista único y Gerente General de la Sociedad, reunido en Junta de Accionistas conforme al artículo 432 del Código de Comercio, acordó aumentar el capital social, emitir nuevas acciones e incorporar cláusulas de protección societaria en los términos que se establecen en la escritura extractada.- La Sociedad no ha sido modificada con posterioridad a las ya indicadas. Modificaciones: Por el presente acto e instrumento, reunido el 100% de las acciones de “Inversiones Dexia SpA”, el compareciente en su calidad de único accionista, viene en modificar el Estatuto Social vigente, de conformidad a lo establecido en el artículo 427 del Código de Comercio, en el sentido de: A) Aumentar el capital de la Sociedad, de $8.000.000 a la suma de $28.000.000. Este aumento es el resultado del aporte de $20.000.000.- en acciones que se suscriben y pagan conforme a lo indicado en artículo tercero de la escritura extractada; como consecuencia del aumento de capital, el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad, queda redactado del siguiente modo: "ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de veintiocho millones de pesos, dividido en trescientas cincuenta acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado no gozarán de derecho alguno"; y B) Modificación del artículo decimoprimero de los estatutos. Se reemplaza por el siguiente: “Las diferencias que ocurran entre los accionistas, los accionistas y la sociedad o sus administradores o liquidadores, y la sociedad o sus administradores o liquidadores, serán resueltas por un árbitro arbitrador, designado por el Juzgado Civil o de Letras del domicilio de la sociedad”.- Demás cláusulas contenidas en la escritura extractada, en lo no modificado continúa vigente el Estatuto social.- CERTIFICACIÓN: El Notario que suscribe, certifica, que a la escritura de modificación, compareció el 100% de las acciones de la Sociedad "Inversiones Dexia SpA", según consta y se concluye en Libro de Accionistas, exhibido por los comparecientes, que se ha tenido a la vista y se devuelve a los interesados.- La Florida, 10 de Junio de 2026.