Inmobiliaria ABS SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2026
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $350.819.322 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público titular 48ª Notaría de Santiago, Av. Apoquindo N°3076, oficina 601, Las Condes, certifica: que con fecha 8 de junio de 2026, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA ABS SpA, realizada con fecha 14 de Mayo de 2026. La sociedad está inscrita a fojas 84.522, número 45.385 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, en la cual los accionistas acordaron modificar los estatutos sociales, de acuerdo a lo siguiente: Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $350.819.322, esto es, de la cantidad de $100.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de una sola serie, el que se encuentra suscrito y pagado a esta fecha, a un total de $350.919.322, aumento que se efectua mediante la emisión de 3.000 nuevas acciones de pago, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, otorgándose un plazo de 1 año contado desde la fecha de la escritura para su suscripción y pago. De esta forma, el capital de la Sociedad asciende a $350.919.322, dividido en 4.000 nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se ha suscrito y pagado, y se suscribirá y pagará de la siguiente forma: a) Con la cantidad de cien mil pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; b) Con la cantidad de $350.819.322.- que corresponde al aumento de capital social acordado en Junta y para lo cual se acordó la emisión de 3.000.- nuevas acciones de pago, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, otorgándose un plazo de un año contado desde dicha fecha para que sean suscritas y pagadas. Se acordó reemplazar el Artículo Sexto y Artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, reflejando los acuerdos adoptados en relación al aumento de capital. Asimismo, se modificaron los estatuos en materias que no son objeto de extracto de acuerdo al artículo 426 del Código de Comercio. Demás estipulaciones en escritura extractada. El notario certifica haber tenido a la vista el registro de accionistas de la Sociedad para acreditar la calidad de único accionista. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de junio de 2026.