Instrumento
- Fecha
- 10 de junio de 2026
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago. Sin embargo, la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. /Seis/
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto el desarrollo, operación, administración, comercialización y explotación de soluciones tecnológicas, plataformas digitales, software, sistemas e infraestructura tecnológica destinados a facilitar, habilitar, gestionar o integrar servicios de financiamiento, crédito embebido, evaluación crediticia, originación, administración y seguimiento de operaciones de financiamiento, incluyendo el otorgamiento de créditos, préstamos, mutuos, líneas de financiamiento u otras operaciones crediticias, con recursos propios o de terceros, directamente o a través de plataformas tecnológicas, en la medida que ello sea permitido por la normativa aplicable, especialmente para plataformas digitales, comercios, empresas, pequeñas y medianas empresas, instituciones financieras, fondos de inversión, inversionistas institucionales y demás actores del mercado financiero o tecnológico. Asimismo, la sociedad podrá prestar servicios de tecnología financiera, infraestructura de crédito, software como servicio, soluciones white label, integración tecnológica, análisis de datos, automatización de procesos, scoring, gestión documental, reportería, monitoreo de cartera, administración operativa de créditos, intermediación tecnológica entre plataformas, empresas, financistas e inversionistas, originación, estructuración, administración, cobranza, refinanciamiento, cesión, adquisición o venta de créditos, cuentas por cobrar, flujos de pago o derechos personales, y demás servicios complementarios o relacionados con el financiamiento digital, embedded finance, lending as a service y gestión de productos financieros. La sociedad podrá, además, desarrollar, adquirir, licenciar, comercializar, explotar o administrar activos intangibles, algoritmos, modelos de riesgo, bases de datos, interfaces de programación de aplicaciones, aplicaciones, plataformas, metodologías, marcas, dominios y demás herramientas tecnológicas vinculadas a las actividades anteriores. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos civiles, comerciales, financieros, tecnológicos o de cualquier otra naturaleza que sean necesarios, útiles o conducentes para el desarrollo de sus actividades, incluyendo contratos de mutuo, apertura de líneas de crédito, reconocimiento de deuda, cesión de créditos, mandato de cobranza, factoring, confirming, administración de cartera, garantías personales o reales y demás actos relacionados con operaciones de financiamiento, pudiendo participar en otras sociedades, comunidades, asociaciones, fondos, vehículos de inversión, entidades o negocios, nacionales o extranjeros, cuyos fines sean afines, complementarios o relacionados con su
Administración
La administración de la sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don Pablo Koziolas Pinto, quien la ejercerá actuando individualmente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, comuna de Providencia, Santiago, certifico que con fecha 09 de junio de 2026, ante mi: Altidag Holdings, también conocida como Altidag Holding, sociedad constituida en Uruguay, Rol Único Tributario Chileno N°59.263.450-3, con domicilio para estos efectos en Pasaje Rinconada N°8972, comuna de Vitacura, Región Metropolitana de Santiago, constituyó una sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: /Uno/ Razón Social. El nombre o razón social es “ALTIDAG CHILE SpA”. /Dos/ Objeto. La sociedad tendrá por objeto el desarrollo, operación, administración, comercialización y explotación de soluciones tecnológicas, plataformas digitales, software, sistemas e infraestructura tecnológica destinados a facilitar, habilitar, gestionar o integrar servicios de financiamiento, crédito embebido, evaluación crediticia, originación, administración y seguimiento de operaciones de financiamiento, incluyendo el otorgamiento de créditos, préstamos, mutuos, líneas de financiamiento u otras operaciones crediticias, con recursos propios o de terceros, directamente o a través de plataformas tecnológicas, en la medida que ello sea permitido por la normativa aplicable, especialmente para plataformas digitales, comercios, empresas, pequeñas y medianas empresas, instituciones financieras, fondos de inversión, inversionistas institucionales y demás actores del mercado financiero o tecnológico. Asimismo, la sociedad podrá prestar servicios de tecnología financiera, infraestructura de crédito, software como servicio, soluciones white label, integración tecnológica, análisis de datos, automatización de procesos, scoring, gestión documental, reportería, monitoreo de cartera, administración operativa de créditos, intermediación tecnológica entre plataformas, empresas, financistas e inversionistas, originación, estructuración, administración, cobranza, refinanciamiento, cesión, adquisición o venta de créditos, cuentas por cobrar, flujos de pago o derechos personales, y demás servicios complementarios o relacionados con el financiamiento digital, embedded finance, lending as a service y gestión de productos financieros. La sociedad podrá, además, desarrollar, adquirir, licenciar, comercializar, explotar o administrar activos intangibles, algoritmos, modelos de riesgo, bases de datos, interfaces de programación de aplicaciones, aplicaciones, plataformas, metodologías, marcas, dominios y demás herramientas tecnológicas vinculadas a las actividades anteriores. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos civiles, comerciales, financieros, tecnológicos o de cualquier otra naturaleza que sean necesarios, útiles o conducentes para el desarrollo de sus actividades, incluyendo contratos de mutuo, apertura de líneas de crédito, reconocimiento de deuda, cesión de créditos, mandato de cobranza, factoring, confirming, administración de cartera, garantías personales o reales y demás actos relacionados con operaciones de financiamiento, pudiendo participar en otras sociedades, comunidades, asociaciones, fondos, vehículos de inversión, entidades o negocios, nacionales o extranjeros, cuyos fines sean afines, complementarios o relacionados con su objeto social. En todo caso, la sociedad no podrá captar dinero del público ni desarrollar actividades reservadas por ley a bancos, instituciones financieras u otras entidades reguladas, salvo que cuente con las autorizaciones, inscripciones o habilitaciones que correspondan conforme a la normativa vigente. /Tres/ Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que se emiten, suscriben y enteran en la forma establecida en las disposiciones transitorias. /Cuatro/ Duración. Indefinida; /Cinco/ Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago. Sin embargo, la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. /Seis/ Administración. La administración de la sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don Pablo Koziolas Pinto, quien la ejercerá actuando individualmente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de junio de 2026.