VICENTE VALDES UNO SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de mayo de 2026
- Notario
- LUIS EDUARDO FLORES RIVAS chileno
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.398.075.560 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO FLORES RIVAS chileno, abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, Suplente del Titular ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3001, segundo piso, comuna Las Condes, certifica: Por escritura pública, otorgada con fecha 27 de mayo de 2026 ante el Notario Titular ALVARO GONZALEZ SALINAS: se redujo a escritura pública el acta de la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de VICENTE VALDES UNO SpA., Rut 77.773.386-9, a la que compareció en su calidad de único accionista: Fondo de Inversión Link - Fundamenta Retorno Preferente”, representado por Link Capital Partners Administradora General de Fondos S.A. y ésta, a su vez, representada por don Felipe Maul Fonseca y don Cristián Letelier Braun, ambos domiciliados en Avenida Presidente Riesco N° 5561, oficina 601, Las Condes, Región Metropolitana, junta celebrada el día 25 de mayo de 2026, sociedad constituida con fecha 08 de mayo de 2023, otorgada en la 43ª Notaria de Santiago, ubicada en calle Paseo Huérfanos 835, Piso 18, comuna de Santiago, ante el titular don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, sociedad que rola inscrita a fs 48844, número 21405 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023 y fue publicado en el actual, suscrito y pagado, asciende a $3.398.075.560, con varias modificaciones. Modificación actual consiste: A) AUMENTO DE CAPITAL: Se aumenta el capital de la suma de $3.398.075.560, dividido en 18.384.234.770 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, mediante la emisión de 425.347.545 nuevas acciones de pago, de una sola serie y sin valor nominal. El capital quedará fijado en $3.823.423.105, dividido en 18.809.582.315 acciones, nominativas, de única serie, y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, en conformidad a lo establecido en el artículo Primero Transitorio que más adelante se incorpora a los estatutos. B) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Se reemplaza el Artículo 5° permanente y Artículo 1° Transitorio de estatutos sociales en tal sentido. En lo no modificado persiste el estatuto social vigente. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 02 de junio del 2026.