CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD ARSG LIMITADA

CVE 2823908
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de junio de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de junio de 2026
Notario
FRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA
Oficio
15ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Ley aplicable
ley 21.442.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA, Notario Público Interino de la 15ª Notaría de Santiago, ubicada en calle Mardoqueo Fernández N° 201, oficinas N° 101 y N°102, Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura de fecha 4 de junio de 2026, Tepertorio Nº 2620- 2026, otorgada ante mí: a) don JOAQUIN ALEJANDRO ARMIJO PÉREZ, estudiante de administración, y b) don BENJAMÍN SERGIO ANTONIO HAMAME GUTIERREZ, Egresado de Ingeniería Civil Industrial, ambos con domicilio para estos efectos en calle Macul N° 2.278, Depto N° 401, Macul, Región Metropolitana, constituyen la sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD ARSG LIMITADA”, que también podrá ser conocida con el nombre de fantasía de "ARSG LTDA". El objeto de la sociedad será: (i) la vigilancia, protección y seguridad de personas, bienes, establecimientos, sucursales, recintos, faenas, eventos y procesos productivos, tanto públicos como privados; (ii) la custodia, transporte y depósito de valores, objetos peligrosos y carga sobredimensionada que requieran medidas especiales de protección; (iii) la instalación, mantención, reparación y operación de sistemas de seguridad electrónica, incluyendo circuito cerrado de televisión (CCTV), centrales receptoras de alarmas, centros de control y videovigilancia, y demás dispositivos y componentes tecnológicos de seguridad; (iv) la monitoreo y operación remota de sistemas de alarma y videovigilancia; (v) la formación, capacitación y perfeccionamiento de vigilantes privados, guardias de seguridad y demás personal que desarrolle labores de seguridad privada; (vi) la asesoría e instrucción a personas naturales y jurídicas en materias inherentes a seguridad privada, gestión del riesgo, elaboración de estudios de seguridad y planes de contingencia; (vii) el suministro de recursos humanos para la prestación de servicios de seguridad privada; (viii) en general, cualquier actividad complementaria, accesoria o relacionada con las anteriores que contribuya a la protección de personas, bienes y procesos productivos, en los términos de la Ley número veintiún mil seiscientos cincuenta y nueve, sobre Seguridad Privada, y su Reglamento; (IX) también podrá prestar servicios de aseo y jardinería, u otras relativa a las comunidades contenidas en la ley 21.442. La administración y el uso de la razón social de la sociedad corresponderán exclusivamente a don JOAQUIN ALEJANDRO ARMIJO PÉREZ. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que cada uno de los socios aportan y enteran de la siguiente manera: A) el socio Joaquin Alejandro Armijo Pérez con la suma de $990.000 que los aporta y entera en su totalidad en el mismo acto de constitución; b) el socio Benjamín Sergio Antino Hamame Gutiérrez, entera y paga al haber social su aporte correspondiente a la suma de $10.000 El plazo de duración de la sociedad será de cinco años contados de la fecha de este instrumento. Este plazo se entenderá renovado automática y sucesivamente por nuevos periodos de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se deberá inscribir al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos tres meses antes del día final del respectivo período. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de junio de 2026.