Instrumento
- Fecha
- 13 de abril de 2026
- Notario
- FRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA
- Oficio
- 15° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $120.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
A) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general y cualquier otro valor mueble; B) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; C) La construcción por cuenta propia o ajena, para sí y)o terceras personas, ya sea individualmente y conjuntamente, asociándose con personas naturales o jurídicas, del todo o parte de toda clase de inmuebles, sean de tipo económico o no, viviendas, locales comerciales, mall, boulevard, strip center, y en general de cualquier tipo de construcción u obras civiles y de ingeniería, entendiéndose comprendido dentro del giro o negocios propios de la sociedad todos aquellos actos o contratos y negociaciones encaminadas directa o indirectamente a la construcción, como a si mismo el loteo, urbanización, corretaje, administración, asesorías, consultorías, arrendamiento, subarrendamiento, explotación y venta de las construcciones, compra venta y arriendo de materiales y elementos para la construcción, y en general toda otra actividad o negocio relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; D) La prestación de servicios de alojamiento turístico; E) El arrendamiento de inmuebles amoblados; F) En general el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. G) Compra, venta, permuta, construcción, leasing, locación y administración de bienes inmuebles urbanos y)o rurales; H) Para el cumplimiento de sus fines la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con su objeto y tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y)o este estatuto. I) La celebración de cualquier otro acto o contrato concerniente a las actividades antes enunciadas, así como cualquier otro negocio similar o análogo
Administración
La administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don Rodrigo Esteban Campos Ponce
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Público Interino 15° Notaría de Santiago, Mardoqueo Fernández 201, oficinas 101 y 102, Providencia, certifica: por escritura pública de hoy, ante mí, don RODRIGO ESTEBAN CAMPOS PONCE, C.I. N° 15.907.100-6, y doña MONICA DEL CARMEN PONCE HERRERA, C.I. N° 15.138.267-3, ambos domiciliados en calle San Eugenio N° 990, departamento 1502, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; constituyen una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “MP & RC PROPIEDADES SpA”. Objeto: A) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general y cualquier otro valor mueble; B) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; C) La construcción por cuenta propia o ajena, para sí y/o terceras personas, ya sea individualmente y conjuntamente, asociándose con personas naturales o jurídicas, del todo o parte de toda clase de inmuebles, sean de tipo económico o no, viviendas, locales comerciales, mall, boulevard, strip center, y en general de cualquier tipo de construcción u obras civiles y de ingeniería, entendiéndose comprendido dentro del giro o negocios propios de la sociedad todos aquellos actos o contratos y negociaciones encaminadas directa o indirectamente a la construcción, como a si mismo el loteo, urbanización, corretaje, administración, asesorías, consultorías, arrendamiento, subarrendamiento, explotación y venta de las construcciones, compra venta y arriendo de materiales y elementos para la construcción, y en general toda otra actividad o negocio relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; D) La prestación de servicios de alojamiento turístico; E) El arrendamiento de inmuebles amoblados; F) En general el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. G) Compra, venta, permuta, construcción, leasing, locación y administración de bienes inmuebles urbanos y/o rurales; H) Para el cumplimiento de sus fines la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con su objeto y tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y/o este estatuto. I) La celebración de cualquier otro acto o contrato concerniente a las actividades antes enunciadas, así como cualquier otro negocio similar o análogo. Duración: indefinida. Administración: La administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don Rodrigo Esteban Campos Ponce. Capital: $120.000.000, dividido en 6.000 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: A) Doña MONICA DEL CARMEN PONCE HERRERA, suscribe 3.000 acciones, por un valor de $60.000.000, las cuales se pagan mediante el aporte del bien inmueble compuesto por casa y sitio ubicado en Calle 24 y medio Norte N° 3501, comuna y provincia de Talca, inscrito a fojas 2090 Vuelta, N° 2953, del Registro de Propiedad del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Talca; B) Don RODRIGO ESTEBAN CAMPOS PONCE, suscribe 3.000 acciones, por un valor de $60.000.000, las cuales se enteran y pagan en la forma señalada en escritura extractada.- Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de abril de 2026.