CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Isidora SpA

CVE 2823814
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
2 de junio de 2026
Notaría
La Reina
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
2 de junio de 2026
Repertorio
43768-2026
Notario
Notario Suplente de PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a JOSÉ FELIPE VALDÉS CORREA, LUIS FELIPE BALDWIN CORREA y VÍCTOR HUGO VASQUEZ ZENTENO, quienes actuando individual e indistintamente cualesquiera de ellos y anteponiendo a sus firmas la razón social, estarán premunidos con todas facultades de administración y de representación de la Sociedad, las cuales, de manera meramente enunciativa, se señalan en el artículo Noveno de los estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO PRIETO MAGNOLFI, Notario Suplente de PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5.841, comuna de La Reina, CERTIFICO: Que por escritura pública con fecha 02 de junio de 2026, número de repertorio 43768 - 2026, ante el Notario Titular, FONDO DE INVERSIÓN PRIVADO ATALAYA, domiciliado para estos efectos en Avenida Vitacura 2969, piso 8, comuna Las Condes, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: NOMBRE: La sociedad se denomina “ISIDORA SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de servicios profesionales y técnicos en materias financieras, económicas y contables. Podrá También realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por si misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento del objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades e ingresar a ellas; b) la inversión pasiva en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, debentures, y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios; podrá concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones en general, sean éstas nacionales como extranjeras; podrá además garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales; podrá también otorgar préstamos y financiamiento con o sin interés, en favor de terceros y de sociedades en que ellos participen como socios o accionistas. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. DURACIÓN: La Sociedad comenzará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración indefinida. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $500.000 dividido en 500 acciones iguales, de una misma serie, y sin valor nominal, las cuales son íntegramente suscritas y pagadas en la forma que sigue: Uno FONDO DE INVERSIÓN PRIVADO ATALAYA, con 500 acciones de un valor de $500.000, íntegramente suscritas y pagadas en este acto en dinero en efectivo. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a JOSÉ FELIPE VALDÉS CORREA, LUIS FELIPE BALDWIN CORREA y VÍCTOR HUGO VASQUEZ ZENTENO, quienes actuando individual e indistintamente cualesquiera de ellos y anteponiendo a sus firmas la razón social, estarán premunidos con todas facultades de administración y de representación de la Sociedad, las cuales, de manera meramente enunciativa, se señalan en el artículo Noveno de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de junio de 2026.