CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA AGRÍCOLA RAÍZ CAMPESINA LIMITADA

CVE 2824203
Fecha instrumento
8 de junio de 2026
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de junio de 2026
Notario
ALEJANDRA ANGULO SANDOVAL
Domicilio
Unión

Sociedad

Domicilio
La Cooperativa estará domiciliada en la comuna de La Unión, Provincia del Ranco, Región de Ríos, pudiendo en todo caso establecer sucursales u oficinas en cualquier punto del país
Duración
Indefinida

Objeto social

La cooperativa tiene por objeto la compraventa, distribución, explotación, producción, almacenamiento, transformación, comercialización, importación y exportación de bienes, insumos, productos, subproductos y servicios, relacionados con la actividad silvoagropecuaria, agroindustrial, forestal, apícola y artesanal de sus asociados y terceros. Además, podrá promover y realizar actividades de investigación, desarrollo, fomento y promoción de su rubro, también prestar consultorías, capacitación y asesoría técnica, tanto a sus socios como a terceros. Podrá así mismo prestar servicios de arriendo y compraventa de maquinarias agrícolas, fletes y transporte de carga terrestre, y otorgar servicios múltiples, los que incluyen la producción y promoción de eventos, marketing, publicidad, gastronomía, administración de restaurantes y casinos, servicios turísticos, hotelería y hospedaje, servicios de reciclaje de residuos, explotación de servicentros, estaciones de servicios, compra venta y distribución de combustibles, aceites, lubricantes y otros relacionados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRA ANGULO SANDOVAL, Abogado, Notario Público Titular de La Unión, con oficio en Eleuterio Ramirez 631 de La Unión, certifico: que con fecha 03 de junio de 2026, fue reducida a escritura pública, ante mí, Acta de la Junta General Constitutiva y Estatutos de la “COOPERATIVA AGRÍCOLA RAÍZ CAMPESINA LIMITADA”, cuya sigla o nombre de fantasía será “RAÍZ CAMPESINA LTDA.”. Domicilio: La Cooperativa estará domiciliada en la comuna de La Unión, Provincia del Ranco, Región de Ríos, pudiendo en todo caso establecer sucursales u oficinas en cualquier punto del país. Duración: La Cooperativa tendrá una duración indefinida. Objeto Social: La cooperativa tiene por objeto la compraventa, distribución, explotación, producción, almacenamiento, transformación, comercialización, importación y exportación de bienes, insumos, productos, subproductos y servicios, relacionados con la actividad silvoagropecuaria, agroindustrial, forestal, apícola y artesanal de sus asociados y terceros. Además, podrá promover y realizar actividades de investigación, desarrollo, fomento y promoción de su rubro, también prestar consultorías, capacitación y asesoría técnica, tanto a sus socios como a terceros. Podrá así mismo prestar servicios de arriendo y compraventa de maquinarias agrícolas, fletes y transporte de carga terrestre, y otorgar servicios múltiples, los que incluyen la producción y promoción de eventos, marketing, publicidad, gastronomía, administración de restaurantes y casinos, servicios turísticos, hotelería y hospedaje, servicios de reciclaje de residuos, explotación de servicentros, estaciones de servicios, compra venta y distribución de combustibles, aceites, lubricantes y otros relacionados. Socios: Concurren a la constitución 14 socios. Capital social: El capital social inicial de la Cooperativa, es de un millón cuatrocientos mil pesos, capital dividido en mil cuatrocientas cuotas de participación, de un valor nominal de mil pesos por cada cuota de participación. El aporte de capital, por cada socio constituyente de la cooperativa será de cien mil pesos, correspondiente a cien cuotas de participación, de un valor de mil pesos por cuota de participación. Este aporte de capital se suscribe y paga de la siguiente forma: Con cincuenta mil pesos, equivalente a cincuenta cuotas de participación, que cada socio aporta en este acto a la caja social, en dinero en efectivo. El saldo equivalente a cincuenta mil pesos, equivalente a cincuenta cuotas de participación por cada socio, será aportado a más tardar el treinta de agosto de dos mil veintisiete.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. DOY FE. La Unión, 08 de Junio de 2026.-