CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CONSORCIO INFRAESTRUCTURA SpA

RUT 76455742-5 CVE 2824013
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de mayo de 2026
Notaría
La Reina
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
29 de mayo de 2026
Repertorio
43054-2026
Notario
Notario Suplente de PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) La adquisición y enajenación de bienes raíces, su explotación directa a través de terceros, en cualquier forma; su administración y percepción de sus frutos; b) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de título o valores mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones. La sociedad podrá, asimismo, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir, integrar como asociada o en otra forma directamente, o con terceros o sociedades filiales, sociedades, instituciones de cualquier clase o naturaleza, tanto a nivel nacional como internacional; c) El arriendo, mantención y comercialización de vehículos motorizados, en general, máquinas agrícolas y forestales, y sus accesorios, piezas y repuestos; d) La compraventa, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles; e) En el mercado de comercio mayorista de energía eléctrica desarrollar la producción de energía eléctrica e inyectar dicha producción en el Sistema Eléctrico Nacional; f) En el ámbito de la comercialización, comprar energía eléctrica para venderla a distribuidoras de energías eléctricas o usuarios finales/clientes libres; g) Construir, instalar, operar, explotar, mantener y administrar activos de generación, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales; h) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a la incorporación de activos de generación, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales; i) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a proyectos de generación eléctrica de terceros; j) Operar, explotar, mantener y administrar activos de generación de energía adquiridos a terceros; k) Comercializar excedentes de energías proveniente de medios de Energías Renovables No Convencionales propios o contratados, para acreditar el cumplimiento de la obligación señalada en el artículo ciento cincuenta bis de la ley veinte mil doscientos cincuenta y siete; l) Comercializar energía eléctrica y su potencia asociada con otras empresas generadoras; m) La adquisición, construcción, implementación, operación, mantención y explotación de toda clase de bienes e instalaciones de generación de energía eléctrica; n) El diseño, desarrollo, gestión y)o ejecución de todo tipo de proyectos de ingeniería, energía, arquitectura u otra especialidad relativas a la generación de electricidad; o) Adquirir, explotar y transferir concesiones de servicios eléctricos, telecomunicaciones, telefonía, telegrafía, transmisiones de télex y de data y radiocomunicaciones; p) Construir, instalar, explotar y mantener centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para venderlos a terceros; q) La construcción de una o más centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para vender la producción a generadoras, distribuidoras o usuarios finales; r) Prestar asesoría en el mercado mayorista de energía eléctrica; s) Aumentar o reducir potencia mediante la adquisición o enajenación de activos de generación de cualquier tipo; t) Realizar todos los actos, y cualquier otra actividad que relacionada o no con los puntos anteriores, decidan los accionistas efectuar; u) El desarrollo, construcción y operación de proyectos de energía, proyectos inmobiliarios y demás actividades relacionadas. y, v) En general, la ejecución de todos los actos, contratos, operaciones y negocios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social o que sean conducentes al cumplimiento de este, pudiendo desarrollar cualquier actividad lícita que los accionistas acuerden

Administración

La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a la sociedad Inversiones JPY Limitada, quien a través de su o sus representantes legales, personas naturales, y anteponiendo la razón social a su o sus firmas, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO PRIETO MAGNOLFI, Notario Suplente de PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5.841, comuna de La Reina, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de mayo de 2026, Repertorio N° 43054-2026, suscrita ante el notario titular, CONSORCIO EÓLICO SpA, que antes actuaba bajo la razón social de SAN GABRIEL SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 76.455.742-5, domiciliada para estos efectos en Avenida O´Higgins N° 940 oficina 901, comuna de Concepción, Región del Biobío y de paso en ésta, constituyó una sociedad por acciones de cuyo texto extracto: Nombre: CONSORCIO INFRAESTRUCTURA SpA. Objeto Social: El objeto de la Sociedad será: a) La adquisición y enajenación de bienes raíces, su explotación directa a través de terceros, en cualquier forma; su administración y percepción de sus frutos; b) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de título o valores mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones. La sociedad podrá, asimismo, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir, integrar como asociada o en otra forma directamente, o con terceros o sociedades filiales, sociedades, instituciones de cualquier clase o naturaleza, tanto a nivel nacional como internacional; c) El arriendo, mantención y comercialización de vehículos motorizados, en general, máquinas agrícolas y forestales, y sus accesorios, piezas y repuestos; d) La compraventa, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles; e) En el mercado de comercio mayorista de energía eléctrica desarrollar la producción de energía eléctrica e inyectar dicha producción en el Sistema Eléctrico Nacional; f) En el ámbito de la comercialización, comprar energía eléctrica para venderla a distribuidoras de energías eléctricas o usuarios finales/clientes libres; g) Construir, instalar, operar, explotar, mantener y administrar activos de generación, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales; h) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a la incorporación de activos de generación, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales; i) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a proyectos de generación eléctrica de terceros; j) Operar, explotar, mantener y administrar activos de generación de energía adquiridos a terceros; k) Comercializar excedentes de energías proveniente de medios de Energías Renovables No Convencionales propios o contratados, para acreditar el cumplimiento de la obligación señalada en el artículo ciento cincuenta bis de la ley veinte mil doscientos cincuenta y siete; l) Comercializar energía eléctrica y su potencia asociada con otras empresas generadoras; m) La adquisición, construcción, implementación, operación, mantención y explotación de toda clase de bienes e instalaciones de generación de energía eléctrica; n) El diseño, desarrollo, gestión y/o ejecución de todo tipo de proyectos de ingeniería, energía, arquitectura u otra especialidad relativas a la generación de electricidad; o) Adquirir, explotar y transferir concesiones de servicios eléctricos, telecomunicaciones, telefonía, telegrafía, transmisiones de télex y de data y radiocomunicaciones; p) Construir, instalar, explotar y mantener centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para venderlos a terceros; q) La construcción de una o más centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para vender la producción a generadoras, distribuidoras o usuarios finales; r) Prestar asesoría en el mercado mayorista de energía eléctrica; s) Aumentar o reducir potencia mediante la adquisición o enajenación de activos de generación de cualquier tipo; t) Realizar todos los actos, y cualquier otra actividad que relacionada o no con los puntos anteriores, decidan los accionistas efectuar; u) El desarrollo, construcción y operación de proyectos de energía, proyectos inmobiliarios y demás actividades relacionadas. y, v) En general, la ejecución de todos los actos, contratos, operaciones y negocios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social o que sean conducentes al cumplimiento de este, pudiendo desarrollar cualquier actividad lícita que los accionistas acuerden. Capital Social: El capital de la Sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en 5.000.000 de acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor y de una misma serie se suscriben y pagan por Consorcio Eólico SpA, que corresponde al 100% de la participación accionaria, pagadas en su totalidad en dinero en efectivo, ingresando por el presente acto en la caja social. En consecuencia, se declara íntegramente aportado y enterado el capital social. Responsabilidad: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Domicilio Social: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida. Administración. La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a la sociedad Inversiones JPY Limitada, quien a través de su o sus representantes legales, personas naturales, y anteponiendo la razón social a su o sus firmas, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 9 de junio de 2026.