MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ASESORÍAS EN ERGONOMÍA ERGOSALUD SpA

RUT 76788132-0 CVE 2824079
Fecha instrumento
20 de mayo de 2026
Notaría
Santiago don Francisco Varas Fernández

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2026
Notario
MARIA PAZ VALDES VEJAR
Oficio
Titular de la Trigésima Segunda Notaría de Santiago don Francisco Varas Fernández
Comuna
Santiago don Francisco Varas Fernández

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PAZ VALDES VEJAR, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Trigésima Segunda Notaría de Santiago don Francisco Varas Fernández, con oficio en Pasaje Phillips cuatrocientos sesenta y cinco, de la comuna de Santiago, certifico: Escritura pública, suscrita ante mí, con fecha 20 mayo 2026, doña ANA MARÍA DÍAZ MESSEN, chilena, divorciada, enfermera ergónoma, cédula nacional de identidad número 6.978.278-K, domiciliada para estos efectos en Avenida La Plaza N° 1155 letra A, departamento 203, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y doña LAURA CAROLINA SÁNCHEZ SOTO, chilena, casada, diseñadora industrial, ergónoma, cédula nacional de identidad número 10.339.280-2, domiciliada para estos efectos en Camino El Algarrobo s/n, Condominio Chicureo III, casa 78, comuna de Colina, Región Metropolitana; ambas mayores de edad, quienes expusieron: Que por escritura pública de fecha 18 de agosto de 2017, otorgada ante don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, se constituyó sociedad por acciones denominada “ASESORÍAS EN ERGONOMÍA ERGOSALUD SpA”, cuyo extracto fue inscrito a fojas 68.411, número 36.855, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2017, y publicado en el actuando por unanimidad y representando la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto, acordaron modificar los estatutos sociales de “ASESORÍAS EN ERGONOMÍA ERGOSALUD SpA”, ampliando y reemplazando íntegramente el artículo relativo al objeto social, el que queda del siguiente tenor: “QUINTO: Objeto. La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios profesionales, técnicos, comerciales y de asesoría en materias de ergonomía, salud ocupacional, calidad de vida laboral, prevención de riesgos, diseño, evaluación, gestión, implementación y mejora de puestos de trabajo, procesos, ambientes laborales, productos, equipamientos y sistemas organizacionales; b) La elaboración, desarrollo, ejecución, supervisión y evaluación de estudios, informes, diagnósticos, auditorías, proyectos, programas, capacitaciones, relatorías, cursos, talleres, seminarios, manuales, protocolos, procedimientos, políticas, metodologías, instrumentos y herramientas vinculadas a ergonomía, salud, seguridad, bienestar, productividad, gestión organizacional y calidad de vida; c) La participación, formulación, postulación, adjudicación, dirección, ejecución, coordinación, administración, supervisión, evaluación, asesoría y desarrollo de investigaciones, proyectos de investigación, estudios científicos, técnicos, académicos, aplicados, interdisciplinarios o de innovación, pudiendo actuar la sociedad, sus socios, profesionales, dependientes, asesores o colaboradores como investigador principal, investigador alterno, coinvestigador, asesor, consultor, colaborador o parte de equipos de investigación, tanto en proyectos públicos como privados, nacionales o extranjeros, vinculados directa o indirectamente con las áreas comprendidas en el objeto social; d) La prestación de servicios de consultoría, enseñanza, asesoría estratégica, técnica, profesional, empresarial, organizacional, operacional, comercial, administrativa y de gestión, tanto a personas naturales como jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en materias vinculadas directa o indirectamente con el desarrollo, planificación, implementación, evaluación, mejoramiento y control de procesos, proyectos, sistemas de gestión, modelos de negocio, cumplimiento normativo, gestión de personas, gestión de riesgos, salud ocupacional, seguridad, prevención, capacitación, innovación, desarrollo organizacional, tecnología, transformación digital y optimización de procesos; e) La creación, desarrollo, comercialización, licenciamiento, distribución, implementación y mantención de software, plataformas, aplicaciones, herramientas tecnológicas, contenidos digitales y soluciones informáticas relacionadas con las materias antes señaladas; f) La representación, intermediación, importación, exportación, compra, venta, distribución, comercialización y arrendamiento de bienes, productos, instrumentos, herramientas, equipamientos, mobiliario, insumos, materiales, soluciones tecnológicas y demás elementos vinculados con el giro social; g) La participación en licitaciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, fondos concursables, programas de financiamiento, convenios, contratos de prestación de servicios, contratos de asesoría, contratos de consultoría, alianzas estratégicas, acuerdos de colaboración, consorcios, asociaciones, redes de investigación, cooperación técnica o académica, y demás actos o convenciones necesarios o convenientes para el desarrollo del giro social; h) La celebración y ejecución de toda clase de actos, contratos, negocios, operaciones y actividades civiles o comerciales que se relacionen directa o indirectamente con los objetos anteriores, o que sean necesarios, útiles o conducentes para el cumplimiento de los fines sociales.” Asimismo, por el mismo instrumento doña LAURA CAROLINA SÁNCHEZ SOTO vendió, cedió y transfirió a doña ANA MARÍA DÍAZ MESSEN, quien compró, aceptó y adquirió para sí, cincuenta acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de la sociedad “ASESORÍAS EN ERGONOMÍA ERGOSALUD SpA”, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, por el precio y demás condiciones señaladas en la escritura extractada. Como consecuencia de dicha compraventa, la composición accionaria de la sociedad queda de la siguiente forma: a) doña ANA MARÍA DÍAZ MESSEN queda como única accionista de la sociedad, titular de cien acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes al cien por ciento del capital social; b) doña LAURA CAROLINA SÁNCHEZ SOTO deja de tener participación accionaria en la sociedad. Las comparecientes dejan expresa constancia que la compraventa de acciones no modifica la administración, representación ni el uso de la razón social de la sociedad, los que se mantienen radicados en doña ANA MARÍA DÍAZ MESSEN, en los términos, facultades y condiciones establecidos en los estatutos sociales vigentes. El capital social se mantiene inalterado, ascendiendo a la suma de dos millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. El domicilio de la sociedad se mantiene en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales, oficinas o establecimientos que pueda constituir en otros lugares del país o del extranjero, conforme a sus estatutos. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales de “ASESORÍAS EN ERGONOMÍA ERGOSALUD SpA”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de mayo 2026.