Instrumento
- Fecha
- 3 de junio de 2026
- Notario
- PAULO ANDRÉS ESCOBAR CARO
- Oficio
- Segunda Notaría de Pudahuel
- Comuna
- Pudahuel
Sociedad
- Domicilio
- La comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sentido amplio, especialmente las actividades de reclutamiento y selección de personal, headhunting, gestión y consultoría de recursos humanos, por cuenta propia o ajena, para clientes nacionales y extranjeros. El giro también incluirá cualquier otro negocio lícito afín al giro que la Junta de Accionistas determine
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULO ANDRÉS ESCOBAR CARO, abogado, NOTARIO PÚBLICO TITULAR de la Segunda Notaría de Pudahuel, con asiento en la comuna de Pudahuel y oficio en Avenida Teniente Cruz número quinientos setenta, local cinco, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que, por escritura pública de fecha 03 de junio de dos mil veintiséis, repertorio número quinientos cuarenta y seis guion dos mil veintiséis, ante mí, comparecieron Gonzalo Andrés Zúñiga Campos, domiciliado en Catedral número tres mil treinta y tres, departamento ciento cuatro B, comuna de Santiago, y Roberto Lenin Luna Contreras, domiciliado en Darío Urzúa número mil novecientos noventa, comuna de Providencia, quienes constituyeron una Sociedad por Acciones en la forma que sigue. Nombre de la sociedad: El nombre de la Sociedad será “Reverse Talent SpA”. Domicilio: La comuna de Santiago. Duración: Indefinida. Accionistas: Concurren como accionistas en la constitución Gonzalo Andrés Zúñiga Campos y Roberto Lenin Luna Contreras. Objeto: El objeto de la Sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sentido amplio, especialmente las actividades de reclutamiento y selección de personal, headhunting, gestión y consultoría de recursos humanos, por cuenta propia o ajena, para clientes nacionales y extranjeros. El giro también incluirá cualquier otro negocio lícito afín al giro que la Junta de Accionistas determine. Capital: El capital de la Sociedad será la suma de cinco millones de pesos, totalmente suscrita, y estará dividido y representado en cien acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. El capital deberá pagarse y enterarse dentro del plazo de dos años desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, a 03 de junio de 2026.