CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PATAGONIA SERVICIOS MINEROS SpA

RUT 78036069-0 CVE 2823079
Fecha instrumento
29 de mayo de 2026
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
29 de mayo de 2026
Repertorio
1882
Notario
ALEJANDRA VALESKA HIDALGO FUENTES
Oficio
Interina 16ª notaría Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago de Chile
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades: a) Servicios de exportaciones e importaciones de bienes, suministros, repuestos, software y similares, b) Servicios relacionados para la actividad minera industrial. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades, asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones complementarios que tiendan a la consecución de los fines sociales.iii)

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores designados por la Junta de Accionistas o por escritura pública firmada por todos los accionistas y durarán en sus cargos mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier momento y podrá afectar a todos los administradores o a sólo a uno o más de ellos. El o los administradores designados, actuando de manera separada e indistintamente, representarán a la sociedad, sin ninguna limitación, ante todo tipo de personas naturales o jurídicas, organismos, entidades, servicios públicos y privados. Las

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRA VALESKA HIDALGO FUENTES, Notario Público Interina 16ª notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura de fecha 29 de mayo de 2026, Repertorio Nº1.882, ante doña Antonieta Mendoza Escalas, notario titular, compareció SERVICIOS Y ESTRATEGIAS LEGALES ESCRIBANO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 78.036.069-0, debidamente representada por don Pablo Alfonso Escribano Guzmán, cédula de identidad N° 16.143.401-9, ambos domiciliados en Avenida Vitacura 3439, oficina 303, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quien constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: i) NOMBRE: El nombre de la sociedad por acciones que por este acto se constituye es “PATAGONIA SERVICIOS MINEROS SpA”. ii) OBJETO: La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades: a) Servicios de exportaciones e importaciones de bienes, suministros, repuestos, software y similares, b) Servicios relacionados para la actividad minera industrial. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades, asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones complementarios que tiendan a la consecución de los fines sociales.iii) CAPITAL: El capital social asciende a la suma de diez millones de pesos el cual se divide en mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito, enterado y pagado en la forma que se señala en el artículo primero transitorio.iv) DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos y desarrollar su giro en otros puntos del país o en el extranjero. v) DURACIÓN: Indefinida. vi) ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores designados por la Junta de Accionistas o por escritura pública firmada por todos los accionistas y durarán en sus cargos mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier momento y podrá afectar a todos los administradores o a sólo a uno o más de ellos. El o los administradores designados, actuando de manera separada e indistintamente, representarán a la sociedad, sin ninguna limitación, ante todo tipo de personas naturales o jurídicas, organismos, entidades, servicios públicos y privados. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de junio de 2026.