PATAGONIA SERVICIOS MINEROS SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2026
- Repertorio
- 1882
- Notario
- ALEJANDRA VALESKA HIDALGO FUENTES
- Oficio
- Interina 16ª notaría Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago de Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades: a) Servicios de exportaciones e importaciones de bienes, suministros, repuestos, software y similares, b) Servicios relacionados para la actividad minera industrial. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades, asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones complementarios que tiendan a la consecución de los fines sociales.iii)
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores designados por la Junta de Accionistas o por escritura pública firmada por todos los accionistas y durarán en sus cargos mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier momento y podrá afectar a todos los administradores o a sólo a uno o más de ellos. El o los administradores designados, actuando de manera separada e indistintamente, representarán a la sociedad, sin ninguna limitación, ante todo tipo de personas naturales o jurídicas, organismos, entidades, servicios públicos y privados. Las
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRA VALESKA HIDALGO FUENTES, Notario Público Interina 16ª notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura de fecha 29 de mayo de 2026, Repertorio Nº1.882, ante doña Antonieta Mendoza Escalas, notario titular, compareció SERVICIOS Y ESTRATEGIAS LEGALES ESCRIBANO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 78.036.069-0, debidamente representada por don Pablo Alfonso Escribano Guzmán, cédula de identidad N° 16.143.401-9, ambos domiciliados en Avenida Vitacura 3439, oficina 303, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quien constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: i) NOMBRE: El nombre de la sociedad por acciones que por este acto se constituye es “PATAGONIA SERVICIOS MINEROS SpA”. ii) OBJETO: La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades: a) Servicios de exportaciones e importaciones de bienes, suministros, repuestos, software y similares, b) Servicios relacionados para la actividad minera industrial. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades, asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones complementarios que tiendan a la consecución de los fines sociales.iii) CAPITAL: El capital social asciende a la suma de diez millones de pesos el cual se divide en mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito, enterado y pagado en la forma que se señala en el artículo primero transitorio.iv) DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos y desarrollar su giro en otros puntos del país o en el extranjero. v) DURACIÓN: Indefinida. vi) ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores designados por la Junta de Accionistas o por escritura pública firmada por todos los accionistas y durarán en sus cargos mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier momento y podrá afectar a todos los administradores o a sólo a uno o más de ellos. El o los administradores designados, actuando de manera separada e indistintamente, representarán a la sociedad, sin ninguna limitación, ante todo tipo de personas naturales o jurídicas, organismos, entidades, servicios públicos y privados. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de junio de 2026.