MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

FRASOL CLIMATIZACION LIMITADA

RUT 76450468-2 CVE 2823684
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de mayo de 2026
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CEDEN Y TRANSFORMAN la SOCIEDAD FRASOL CLIMATIZACION LIMITADA socio 76450468-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, Pasaje Matte, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de Mayo de 2026, Rep. N°11076/2026, ante mí, Don ALFONSO GASTÓN ALRUIZ GONZÁLEZ, chileno, casado, empresario, cédula de identidad número cinco millones doscientos ochenta y nueve mil doscientos ochenta guion cinco, domiciliado en Santa Filomena, Parcela B, Comuna y Región del Maule, de y doña MARIA SOLEDAD ALRUIZ FUENTES, chilena, casada bajo régimen de participación en los gananciales, asistente social, cédula de identidad número doce millones dieciséis mil setecientos setenta y nueve guion cero, domiciliada en tres sur número mil ciento cincuenta, edificio costa azul, Departamento setecientos cinco, comuna de Talca, de paso por esta, Region del Maule, CEDEN Y TRANSFORMAN la SOCIEDAD FRASOL CLIMATIZACION LIMITADA, RUT 76.450.468-2, en el siguiente sentido: PRIMERO: Cesión de Derechos.- Por el presente instrumento, don ALFONSO GASTÓN ALRUIZ GONZÁLEZ, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos sociales que tiene en la sociedad “FRASOL CLIMATIZACION LIMITADA, antes individualizada, a doña MARIA SOLEDAD ALRUIZ FUENTES, quien compra, acepta y adquiere para sí, los derechos sociales, quedado como única socia en la empresa antes dicha. SEGUNDO: Precio de Venta del Cesión de Derechos.- El precio de la cesión es la suma de $300.000 (TRESCIENTOS MIL PESOS), que la compradora y cesionaria paga en este acto al contado y en dinero efectivo, recibiéndolos el vendedor y cedente a su entera satisfacción. TERCERO: Socios Actuales y Porcentajes.- Como consecuencia de la venta, cesión y transferencia mencionada en la cláusula precedente, ha quedado como única socia de la sociedad “FRASOL CLIMATIZACION LIMITADA”, doña MARIA SOLEDAD ALRUIZ FUENTES, con la participación de un cien por ciento.- CUARTO: Por el presente acto y en virtud de encontrarse presente la única socia que reúne el cien por ciento de los derechos sobre la Sociedad “FRASOL CLIMATIZACION LIMITADA” viene en transformar esta sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones, la que será continuadora de la sociedad que se transforma, subsistiendo su integridad jurídica y manteniendo su patrimonio con todos sus activos y pasivos debidamente actualizados. La sociedad por acciones que nace en virtud de la transformación precedente se regirá por los siguientes estatutos, y en lo no previsto por ellos, por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y en su defecto por las disposiciones de la ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas y por su Reglamento, supletoriamente además por el Código de Comercio y por el Código Civil. La sociedad que por este acto se transforma se regirá por los siguientes estatutos: TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES: ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad por acciones es “FRASOL CLIMATIZACION SPA”. ARTÍCULO SEGUNDO: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Maule, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. ARTÍCULO TERCERO: La duración de la Sociedad es indefinida. ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: A) Prestación de servicios, elaboración de proyectos, instalación, montaje asesorías, reparación, puesta en marcha de equipos de aire acondicionado y refrigeración, tanto en el área industrial, comercial y domiciliaria; B) Tratamiento de agua de torres de enfriamiento y circuitos de evaporación y condensación del tipo forzada y natural. C) Construcción, reparación y mantención de equipos de refrigeración, aire acondicionado, eficiencia energética o de Estructuras metálicas; D) Transporte y carga de materiales, herramientas, maquinarias relacionadas con el rubro y de personal humano. E) Compra venta, Fabricación, arrendamiento y/o sub arrendamiento de todo tipo equipos de aire acondicionado, insumos de informática, eficiencia energética o de transporte, sean nuevos o refaccionados y relacionado, de cualquier manera con todo lo dicho; G) Construir y participar en toda clase de sociedades y realizar todo tipo de negocios que los socios acuerden; H) En General, Podrán realizar cualquier Actividad Relacionada Directa o indirectamente con el ejercicio profesional de los socios, con el objeto de la sociedad o que los socios sin limitación alguna.- TÍTULO SEGUNDO: CAPITAL Y ACCIONES.- ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de 3.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas de una misma y única serie, sin valor nominal. TÍTULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: La administración, uso de la razón social y representación, corresponderá separada e indistintamente a doña MARIA SOLEDAD ALRUIZ FUENTES, en adelante la “Administrador”, quien anteponiendo su firma personal a la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, las que se dan por reproducidas una a una, dentro de las cuales existe una enumeración no taxativa en la escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 20 de mayo de 2026.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.-