AUREON SERVICIOS DE SALUD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de mayo de 2026
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en el ámbito de la salud humana, en especial en medicina, incluyendo diagnóstico, tratamiento, procedimientos clínicos y quirúrgicos, y cualquier otra actividad propia del ejercicio médico, los cuales serán realizados por profesionales legalmente habilitados. b) La prestación de servicios de telemedicina, consultas médicas remotas, seguimiento clínico digital, y cualquier modalidad de atención de salud apoyada en tecnologías de la información. c) La instalación, administración y explotación de consultas médicas, centros de salud, clínicas, unidades quirúrgicas y cualquier tipo de establecimiento destinado a la atención de pacientes. d) La prestación de servicios de asesoría, consultoría, formación, docencia, capacitación y participación como expositor o conferencista (“speaker”) en materias de salud, medicina, gestión sanitaria, innovación y tecnología. e) El desarrollo, implementación, comercialización y explotación de soluciones tecnológicas aplicadas a la salud, incluyendo software, inteligencia artificial, análisis de datos clínicos, y herramientas de apoyo a la práctica médica. f) La prestación de servicios de gestión, administración, organización y optimización de procesos en instituciones de salud, clínicas, hospitales o consultas médicas; y, g) La celebración de toda clase de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con los objetos anteriores, así como cualquier otra actividad conexa o complementaria que acuerden los
Administración
La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don CRISTOBAL LANGDON MONTERO, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado y Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifico que, por escritura pública de fecha 25 de mayo de 2026, ante mí, comparecen: (I) CRISTOBAL LANGDON MONTERO, C.I. N°15.097.950-1, domiciliado en Martin de Salvatierra N°1245 C, comuna y ciudad de Viña del Mar, Región de Valparaíso; y (II) ISIDORA IGNACIA LANGDON MONTERO, C.I. N°17.995.296-3, domiciliada en calle Carlos XII N°173, departamento 603, comuna de Las Condes, Región de Metropolitana; quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a la Ley 3.918 y demás disposiciones supletorias. RAZÓN SOCIAL: La razón social será “AUREON SERVICIOS DE SALUD LIMITADA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don CRISTOBAL LANGDON MONTERO, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada. CAPITAL: $2.000.000.- que los socios aportan y pagarán en la siguiente forma y proporción: (I) CRISTOBAL LANGDON MONTERO aporta $1.000.000.-, equivalente al 50% de los derechos sociales, los cuales pagará en dinero en efectivo, en el plazo de un año contado desde la fecha de la escritura extractada; (II) ISIDORA IGNACIA LANGDON MONTERO, aporta $1.000.000.-, equivalente al 50% de los derechos sociales, los cuales pagará en dinero en efectivo, en el plazo de un año contado desde la fecha de la escritura extractada. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en el ámbito de la salud humana, en especial en medicina, incluyendo diagnóstico, tratamiento, procedimientos clínicos y quirúrgicos, y cualquier otra actividad propia del ejercicio médico, los cuales serán realizados por profesionales legalmente habilitados. b) La prestación de servicios de telemedicina, consultas médicas remotas, seguimiento clínico digital, y cualquier modalidad de atención de salud apoyada en tecnologías de la información. c) La instalación, administración y explotación de consultas médicas, centros de salud, clínicas, unidades quirúrgicas y cualquier tipo de establecimiento destinado a la atención de pacientes. d) La prestación de servicios de asesoría, consultoría, formación, docencia, capacitación y participación como expositor o conferencista (“speaker”) en materias de salud, medicina, gestión sanitaria, innovación y tecnología. e) El desarrollo, implementación, comercialización y explotación de soluciones tecnológicas aplicadas a la salud, incluyendo software, inteligencia artificial, análisis de datos clínicos, y herramientas de apoyo a la práctica médica. f) La prestación de servicios de gestión, administración, organización y optimización de procesos en instituciones de salud, clínicas, hospitales o consultas médicas; y, g) La celebración de toda clase de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con los objetos anteriores, así como cualquier otra actividad conexa o complementaria que acuerden los socios. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 3 de junio de 2026.