Payku SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2026
- Notario
- Patricia Isabel Rojas Morales
- Domicilio
- doña María Soledad Lascar Merino
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.002 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricia Isabel Rojas Morales, Notario Público Suplente de doña María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifico que: Por escritura pública de fecha 2 de junio de 2026, otorgada ante mí, bajo el repertorio número 28.661-2026, se redujo a escritura pública el acta de la junta general extraordinaria de accionistas de Payku SpA (en adelante la “Sociedad”), Rol Único Tributario N°76.584.147-K inscrita a fojas 49.750 número 27.239 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, celebrada ante la Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, doña María Soledad Lascar Merino, con fecha 25 de mayo de 2026, en la que la totalidad de sus accionistas, quienes representan el 100% de las acciones con derecho a voto, según el registro de accionistas que se tuvo a la vista, acordó lo siguiente: (i) Subsanar el vicio formal consistente en la suscripción del aumento de capital y emisión de las nuevas acciones, que fue acordado mediante junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad, celebrada con fecha 30 de octubre de 2025, cuya acta se redujo a escritura pública de fecha 3 de noviembre de 2025, bajo el repertorio número 59.601-2025, otorgada ante la Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, doña María Soledad Lascar Merino, domicilio ya indicado. Lo anterior, toda vez que, se incurrió en un error involuntario, relacionado con el cumplimiento imperfecto de las menciones que se deben de incluir en las respectivas escrituras, toda vez que, respecto de la forma y plazo para suscribir las nuevas acciones emitidas, se señaló que dichas nuevas acciones iban a ser suscritas y pagadas por los nuevos accionistas, esto es, David Pineda Zuleta y Fernando Mayr Araya, con ocasión de su futuro ingreso como accionistas, quienes no se encontraban presentes en la mencionada junta, en circunstancias que posteriormente se señaló que el capital estaba íntegramente suscrito y pagado, cuando correspondía indicar el plazo para suscribir y pagar dichas nuevas acciones. En razón de lo anterior se modificaron los artículos transitorios de la Sociedad señalando el plazo para suscribir las nuevas acciones emitidas; (ii) Aumentar el capital de la Sociedad, desde la suma de $1.002.000 dividido en 1.002 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, a la suma de $100.000.000, dividido en 100.000 acciones de iguales características, íntegramente suscritas y pagadas, mediante la emisión de 98.998 nuevas acciones, liberadas de pago, de la misma serie, características y valor que las actualmente existentes, suscritas por los accionistas en el mismo acto. Se deja constancia que el referido aumento de capital se realizó mediante la capitalización de reservas acumuladas por la suma de $98.998.000, ascendiendo, finalmente, el capital a la suma de $100.000.000, dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y se encuentra íntegramente suscrito y pagado; y (iii) Modificar el artículo Quinto y Primero Transitorio de los estatutos dando cuenta del aumento de capital ya referido. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 4 de junio de 2026.