MG2P CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2026
- Notario
- MARIANO TORREALBA ZILIANI
- Oficio
- Quinta Notaria de La Serena
- Comuna
- La Serena
Objeto social
La sociedad tiene por objeto realizar en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: (i) La prestación de servicios y consultorías profesionales en toda clase de materias, especialmente en minería y geología con sus áreas relacionadas, gestión de proyectos y empresas; así como estudios de ingeniería y medio ambiente; (ii) La gestión, corretaje, explotación y administración de proyectos inmobiliarios, la compra, venta, arrendamiento, loteo y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o de terceros, y la prestación de servicios de asesoría e intermediación comercial en el ámbito inmobiliario; (iii) El desarrollo, organización y ejecución de actividades de capacitación, cursos, seminarios, talleres, relatorías y programas de formación, ya sea en modalidad presencial, semipresencial o a distancia; (iv) La producción, organización, planificación y gestión de convenciones, congresos, ferias comerciales, exposiciones, eventos corporativos y reuniones empresariales de toda índole; y (v) En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen y que sean conducentes al cumplimiento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIANO TORREALBA ZILIANI, Abogado y Notario Público titular de la Quinta Notaria de La Serena, con domicilio en Avenida Juan Cisternas número dos mil doscientos ochenta y tres, local tres, Edificio Atrium, La Serena, certifica, que por escritura pública ante mí de fecha 02 de junio de 2026, repertorio notarial N° 1097 don RICARDO CÉSAR CABRERA JORQUERA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, geólogo, magíster en gestión y dirección de empresas, C.I. N° 11.673.434-6; y doña PATRICIA CAROLINA CARRASCO ZUMELZU, chilena, casada y separada totalmente de bienes, secretaria ejecutiva bilingüe, C.I. N° 13.819.557-0, ambos domiciliados en Loteo Encomendero Arnoldo Vásquez sitio 37, Cerro Grande, comuna de La Serena; únicos socios y dueños del cien por ciento del capital de la sociedad "MG2P CONSULTORES LIMITADA" (nombre de fantasía "MG2P LTDA."), constituida por escritura pública de fecha 31 de agosto de 2017 ante Notario de Coquimbo don Miguel Rafael Bauzá Fredes, cuyo extracto se inscribió a fojas 1188, número 464, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena del año 2017 y publicado en Diario Oficial el 5 de septiembre de 2017; acordaron modificar estatutos sociales en lo siguiente: Sustituyen íntegramente la redacción del ARTÍCULO TERCERO relativo al objeto de la sociedad, el cual queda de la siguiente manera: "ARTÍCULO TERCERO. OBJETO. La sociedad tiene por objeto realizar en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: (i) La prestación de servicios y consultorías profesionales en toda clase de materias, especialmente en minería y geología con sus áreas relacionadas, gestión de proyectos y empresas; así como estudios de ingeniería y medio ambiente; (ii) La gestión, corretaje, explotación y administración de proyectos inmobiliarios, la compra, venta, arrendamiento, loteo y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o de terceros, y la prestación de servicios de asesoría e intermediación comercial en el ámbito inmobiliario; (iii) El desarrollo, organización y ejecución de actividades de capacitación, cursos, seminarios, talleres, relatorías y programas de formación, ya sea en modalidad presencial, semipresencial o a distancia; (iv) La producción, organización, planificación y gestión de convenciones, congresos, ferias comerciales, exposiciones, eventos corporativos y reuniones empresariales de toda índole; y (v) En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen y que sean conducentes al cumplimiento del objeto social." En todo lo no modificado, los socios ratifican y mantienen plenamente vigentes todas las cláusulas del estatuto social original. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Portador de copia autorizada queda facultado para legalización. La Serena, 03 de junio de 2026.