COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS MÉDICOS BODYHEALTH LATAM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de junio de 2026
- Repertorio
- 4197-2026
- Notario
- LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR
- Oficio
- 1ª Notaría de Providencia
- Comuna
- Providencia
Objeto social
- Como consecuencia de la modificación pactada precedentemente, los socios acuerdan sustituir el ARTICULO TERCERO del pacto social, por el siguiente: “ARTICULO TERCERO:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia N° 1777, de la Comuna de Providencia, Ciudad de Santiago. Certifica: Por escritura pública de fecha 05/06/2026, repertorio N° 4197-2026, ante mí, la sociedad GEACCAPITAL SpA, del giro comercial, R.U.N° 76.107.147-5, representada por don Gonzalo Esteban Arecco Cabezón, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad número 10.331.632-4, y la sociedad BAZCAPITAL SpA, del giro comercial, R.U.T. N° 76.107.145-9, representada por don Angelo André Arecco Cabezón, chileno, casado, empresario, cédula de identidad número 10.331.637-5; todos domiciliados en calle El Arroyo N° 1.000, Bodega D, comuna de Lampa, Región Metropolitana, modificaron el estatuto social de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS MÉDICOS BODYHEALTH LATAM LIMITADA”, R.U.T. 77.696.985-0 inscrita a fojas 103.845 N° 45.666 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, de la siguiente forma: Uno.- Se cambia la razón social por la de MINNEX CAPITAL LIMITADA.- Como consecuencia de la modificación pactada precedentemente, los socios acuerdan sustituir el ARTICULO PRIMERO del pacto social, por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO: Razón Social. La razón social o firma social será "MINNEX CAPITAL LIMITADA" pudiendo la sociedad utilizar para fines comerciales, publicitarios, bancarios, tributarios y de promoción el nombre de fantasía de "MINNEX CAPITAL“.-; y Dos.- Se reemplaza el objeto social.- Como consecuencia de la modificación pactada precedentemente, los socios acuerdan sustituir el ARTICULO TERCERO del pacto social, por el siguiente: “ARTICULO TERCERO: Objeto. El objeto de la sociedad será desarrollar por su cuenta o terceros, las siguientes actividades: Uno) La realización de toda clase de operaciones e inversiones inmobiliarias, como la adquisición, compraventa, enajenación, corretajes, administración, arrendamiento y explotación de toda clase de bienes raíces, y establecimientos de comercio, industrias, fabricas, etcétera; la subdivisión y urbanización de predios y la obtención de rentas en las inversiones que la sociedad efectué en bienes raíces, acciones, derechos y cualesquiera otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles; Dos) La realización de toda clase de inversiones mobiliarias, tangibles e intangibles, pudiendo formar, contribuir, participar en cualquier forma e intervenir en toda clase de negocios, empresas, sociedades de cualquier naturaleza o giro, entidades y comunidades; La adquisición de activos, pasivos, patrimonios o parte de éstos, acciones, valores, bonos y toda clase de bienes y especies valoradas o valorables; La administración de inversiones y la percepción de sus frutos o rentas por cuenta propia o de terceros; Tres) La compra, venta, permuta, consignación, arrendamiento, importación, exportación y correduría de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, materiales primas, maquinarias, vehículos, mercaderías y productos terminados de cualquier clase; Cuatro) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; Cinco) La representación comercial de todo tipo de personas naturales o jurídicas, marcas o productos, nacionales o extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; Seis) El arrendamiento con o sin opción de compra, de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, propios o ajenos; Siete) La importación, exportación, comercialización, compra y venta con o sin comisión, promoción y distribución de toda clase de mercaderías, productos manufacturados, repuestos, accesorios industriales, bienes muebles, vehículos, maquinarias y equipos en general, nacionales o extranjeros; la prestación de servicios y la realización a través de sus socios o terceros contratados al efecto de asesorías relativas a las actividades antes señaladas; la realización de todo tipo de actos de comercio y de operaciones comerciales sean de carácter mayoristas o al detalle; Ocho) El Desempeño de mandatos, representaciones, agencias, comisiones, consignaciones, gestiones de negocios y administración por cuenta de terceros de cualquier actividad, productos o bienes incluidos capitales y empresas. Nueve) La realización toda clase de actividades y negocios relacionados con el arrendamiento de toda clase de vehículos, con o sin opción de compra, leasing financiero u operativo, actuando como arrendataria o arrendadora y como subarrendadora o subarrendataria; La Compra, venta, importación y la reparación de toda clase de vehículos motorizados, maquinarias y de repuestos automotrices o industriales; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.-“.- Responsabilidad.- Los socios mantienen limitada su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes, declarando que en lo no modificado por la presente escritura se mantiene plenamente vigente el pacto social y sus modificaciones posteriores.- Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 05/06/2026. Luis Eduardo Rodríguez Burr.- Notario Público.