MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS E INVERSIONES FECHA LIMITADA

RUT 78523420-0 CVE 2822317
Fecha instrumento
9 de abril de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2026
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES LUKAS LIMITADA socio 77003080-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la 27º Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 9 de abril de 2026, ante mi Suplente Jose Ignacio Lavados Irigoyen: don PATRICIO FERNÁNDEZ BARROS; con domicilio en Agua de Palo número doscientos cincuenta y seis, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; don PATRICIO HERMAN FERNÁNDEZ CHADWICK, con domicilio en calle Los Araucanos número dos mil ciento dieciséis, comuna de Providencia, Región Metropolitana; doña BERNARDITA ROSA FERNÁNDEZ CHADWICK, con domicilio en calle Damián de Veuster número mil novecientos uno, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; doña MARIA PAULA FERNÁNDEZ CHADWICK, con domicilio en Avenida Lo Recabarren número seis mil seiscientos tres, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; doña MACARENA FERNÁNDEZ CHADWICK, con domicilio en Millantú número seis mil setecientos veinticuatro, comuna de Vitacura; don JUAN CRISTOBAL FERNÁNDEZ CHADWICK, con domicilio en León número tres mil seiscientos treinta, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don JOSE VICENTE FERNÁNDEZ CHADWICK, con domicilio en Sebastián Elcano número mil trescientos ochenta, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; en su calidad de únicos y actuales socios de "ASESORÍAS E INVERSIONES FECHA LIMITADA", Rol Único Tributario N°78.523.420-0, inscrita a fojas 12.237 número 10.103 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1994; como asimismo, doña MARÍA PABLA MANUELA CHADWICK PIÑERA, con domicilio Agua de Palo número doscientos cincuenta y seis, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, doña BERNARDITA ROSA FERNÁNDEZ CHADWICK, doña MARIA PAULA FERNÁNDEZ CHADWICK, doña MACARENA FERNÁNDEZ CHADWICK, don JUAN CRISTOBAL FERNÁNDEZ CHADWICK, previamente individualizados, en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES LUKAS LIMITADA, Rol Único Tributario N°77.003.080-3, inscrita a fojas 15.149 número 12.053 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1997; los cuales, según corresponda, acordaron entre otras materias: UNO) Fusión. La fusión por incorporación de "INVERSIONES LUKAS LIMITADA" en "ASESORÍAS E INVERSIONES FECHA LIMITADA", mediante la absorción de la primera por la última. Como consecuencia se disuelve anticipadamente "INVERSIONES LUKAS LIMITADA", adquiriendo "ASESORÍAS E INVERSIONES FECHA LIMITADA" todo su patrimonio, activos y pasivos, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones transmisibles e incorporándose a ella la totalidad de los socios de la sociedad absorbida y haciéndose responsable "ASESORÍAS E INVERSIONES FECHA LIMITADA" de todos los impuestos que adeudaren o pudieren adeudar en el futuro "INVERSIONES LUKAS LIMITADA". DOS) Se aprobaron los estatutos de la sociedad absorbente "ASESORÍAS E INVERSIONES FECHA LIMITADA". TRES) Se aprobó el Balance de Fusión, y los antecedentes que sirvieron de base para acordar la misma, determinados al treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco. CUATRO) Como consecuencia de la fusión, se modifica el capital social de “ASESORÍAS E INVERSIONES FECHA LIMITADA” desde la suma de cinco millones de pesos a la suma de ciento veinticinco millones de pesos, y que tiene como consecuencia la incorporación de los socios en la sociedad Absorbente. Con el objeto de adecuar los estatutos sociales de “ASESORÍAS E INVERSIONES FECHA LIMITADA”, a las actuales necesidades sociales y que reflejen el actual capital y participación social, es voluntad de los únicos y actuales socios de la Absorbente, introducir a los estatutos sociales, las siguientes modificaciones sociales: Se reforma el Artículo Quinto relativo al capital y participación social, cuyo contenido se sustituye por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de ciento veinticinco millones de pesos que se encuentra suscrito por los socios en las siguientes proporciones: a) don Patricio Fernández Barros, dueño y titular del sesenta y uno coma quinientos once por ciento del haber social, representativo de la suma de setenta y seis millones ochocientos ochenta y ocho mil setecientos cincuenta pesos; b) don Patricio Herman Fernández Chadwick, dueño y titular del cuatro coma trescientos noventa y cuatro por ciento del haber social, representativo de la suma de cinco millones cuatrocientos noventa y dos mil quinientos pesos; c) doña Bernardita Rosa Fernández Chadwick, dueña y titular del cinco coma cero por ciento del haber social, representativo de la suma de seis millones doscientos cincuenta mil pesos; d) doña María Paula Fernández Chadwick, dueña y titular del cinco coma cero por ciento del haber social, representativo de la suma de seis millones doscientos cincuenta mil pesos; e) doña Macarena Fernández Chadwick, dueña y titular del cinco coma cero por ciento del haber social, representativo de la suma de seis millones doscientos cincuenta mil pesos; f) don Juan Cristóbal Fernández Chadwick, dueño y titular del cinco coma cero por ciento del haber social, representativo de la suma de seis millones doscientos cincuenta mil pesos; g) don José Vicente Fernández Chadwick, dueño y titular del cuatro coma trescientos noventa y cuatro por ciento del haber social, representativo de la suma de cinco millones cuatrocientos noventa y dos mil quinientos pesos; y h) doña María Pabla Manuela Chadwick Piñera, dueña y titular del nueve coma setecientos uno por ciento del haber social, representativo de la suma de doce millones ciento veintiséis mil doscientos cincuenta pesos. En consecuencia el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado".- CINCO) Con motivo de la fusión se produce la disolución sin necesidad de liquidación de la sociedad INVERSIONES LUKAS LIMITADA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 05 de Junio de 2026.