AGRÍCOLA COQUIAO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de mayo de 2026
- Notario
- SUSANA BELMONTE AGUIRRE
- Oficio
- 11° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Público Titular de la 11° Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte 555, oficina 201, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 12 de mayo de 2026, REP N°8153-26, ante mí, don ROBERTO LUIS EDWARDS SMITH, domiciliado para estos efectos en Sector El Azul sin número, comuna de Futaleufú, Región de Los Lagos, de paso en ésta; doña MARÍA TERESA PALMA MATETIC, domiciliada para estos efectos en calle Charles Hamilton 9409, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don ARTURO LUIS PALMA MATETIC, domiciliado para estos efectos en calle Charles Hamilton número 9409, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, celebraron “Disminución de Capital y Modificación de Sociedad AGRÍCOLA COQUIAO LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 11920 número 8722 Reg. Com. CBR Santiago año 2007, y acordaron: I. Disminución de Capital. Se disminuye el capital de la sociedad AGRÍCOLA COQUIAO LIMITADA en la cantidad de $5.000.000, disminución de capital que se materializa efectuando una devolución de capital al socio don ROBERTO LUIS EDWARDS SMITH, quien se retira de la sociedad, producto de lo cual el nuevo capital social asciende a la suma de $5.000.000, quedando como únicos y actuales socios doña MARÍA TERESA PALMA MATETIC y don ARTURO LUIS PALMA MATETIC. II. Modificación de estatutos. Como consecuencia, actuales socios acuerdan modificar el Artículo Primero, relativo a los socios, el Artículo Séptimo, relativo al capital social, y el Artículo Noveno, relativo a la administración de la sociedad y el uso de la razón social, todos de los estatutos sociales, reemplazándolos por los del tenor que se indica a continuación. ARTÍCULO PRIMERO: Son únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA COQUIAO LIMITADA, doña MARÍA TERESA PALMA MATETIC y don ARTURO LUIS PALMA MATETIC. ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, que los socios han aportado y enterado íntegramente en arcas sociales con anterioridad a fecha escritura extractada, de la siguiente forma: (a) doña MARÍA TERESA PALMA MATETIC, aportó la suma de $2.500.000, equivalente al 50% de los derechos sociales; y (b) don ARTURO LUIS PALMA MATETIC, aportó la suma de $2.500.000, equivalente al 50% de los derechos sociales. ARTÍCULO NOVENO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de doña MARÍA TERESA PALMA MATETIC y don ARTURO LUIS PALMA MATETIC, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de junio de 2026.