SERVICIOS INTEGRALES DE INGENIERÍA ELECMATIC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de mayo de 2026
- Notario
- FRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA
- Oficio
- 15ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $42.071 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA, Notario Público Interino de la 15ª Notaría de Santiago, ubicada en calle Mardoqueo Fernández N° 201, oficinas N° 101 y N°102, Providencia, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 27 de mayo de 2026, repertorio número 2462 - 2026 ante mí: HERNÁN ANDRÉS ANDAHUR DEL BARRIO, chileno, soltero, técnico universitario en refrigeración industrial, C.I. Nº 10.224.025-1, domiciliado en Marchant Pereira 367, of. 205, Providencia, Región Metropolitana; VANESSA DANIELLA MANGIOLA PRIETO, chilena, soltera, publicista, C.I. Nº 12.487.393-2, domiciliada en Federico Froebel 1705, depto. 701, Providencia, Región Metropolitana; y RENATO VICENTE ANDAHUR MANGIOLA, chileno, soltero, licenciado en Ingeniería, C.I. Nº 21.718.189-5, domiciliado en Camino la Bodega 43, Condominio Los Portones, Piedra Roja, Colina, Región Metropolitana y de paso en ésta; acuerdan la modificación y división de la sociedad SERVICIOS INTEGRALES DE INGENIERÍA ELECMATIC LIMITADA, en el sentido de disminuir su capital desde el monto de $42.071.488 a la suma de $1.691.274, manteniendo la distribución entre los socios. Así, se modificó el artículo quinto de los estatutos sociales de la sociedad por el siguiente: “QUINTA. El capital de la sociedad es la suma de $1.691.274, que se entera, aporta y paga por los socios en la siguiente forma: a) don Hernán Andrés Andahur del Barrio aporta la suma de $1.522.146, equivalente al noventa por ciento del capital social; b) doña Vanessa Daniella Mangiola Prieto aporta la suma de $84.564, equivalente al cinco por ciento del capital social; y c) don Renato Vicente Andahur Mangiola aporta la suma de $84.564, equivalente al cinco por ciento del capital social, todo ya enterado en la caja social”. Se mantiene lo establecido en la constitución de la sociedad respecto a su objeto; la administración de la sociedad se mantiene en Hernán Andrés Andahur del Barrio, de manera individual, y en Vanessa Daniella Mangiola Prieto y Renato Vicente Andahur Mangiola, de manera conjunta; y se mantendrá siendo de plazo indefinido. Demás estipulaciones y modificaciones que no son materia de extracto constan en la escritura extractada. División de la sociedad consta en extracto separado. Santiago, 2 de junio de 2026.