CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

KOOVI TECH SpA

RUT 13364095-9 CVE 2821561
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
1 de junio de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de junio de 2026
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Domicilio
La sociedad fija su domicilio en la ciudad de Santiago
Duración
La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de 5 años, plazo que se entenderá renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, salvo que los socios o accionista manifestaren su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, dos meses antes de fin del respectivo período. V

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la importación, exportación, adquisición, enajenación, comercialización, distribución, representación, consignación, fabricación, producción, ensamblaje, desarrollo, licenciamiento, implementación, mantención, soporte técnico, reparación y arrendamiento de toda clase de bienes corporales e incorporales muebles, especialmente productos tecnológicos, electrónicos, eléctricos, computacionales, informáticos, digitales, audiovisuales y de telecomunicaciones, incluyendo hardware, software, aplicaciones, plataformas digitales, sistemas informáticos, inteligencia artificial, automatización, dispositivos inteligentes, accesorios tecnológicos, redes, servidores y toda clase de equipos y componentes relacionados. Asimismo, la sociedad podrá desarrollar actividades de comercio electrónico, marketplace, venta online, intermediación digital y explotación de plataformas tecnológicas; prestar servicios de asesoría, consultoría, capacitación, soporte, desarrollo tecnológico, programación, marketing digital, publicidad, gestión comercial y administración de proyectos tecnológicos y no tecnológicos. Igualmente, podrá importar, exportar, comercializar y distribuir toda clase de productos, bienes, mercaderías, materias primas, insumos y artículos, sean tecnológicos o no tecnológicos, de origen nacional o extranjero, por cuenta propia o ajena. La sociedad también podrá invertir en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, derechos, acciones, bonos, valores mobiliarios, cuotas o derechos en sociedades civiles o comerciales, comunidades y asociaciones; participar en otras sociedades o empresas, constituirlas, modificarlas o administrarlas; percibir frutos y rentas provenientes de dichas inversiones; y celebrar toda clase de actos, contratos y operaciones civiles, comerciales, financieras o de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el

Administración

La administración y representación de la sociedad le corresponderá exclusivamente a don MATÍAS JOSÉ TORRES FERNÁNDEZ

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco Nº 0153, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 01 de Junio de 2026, otorgada ante mí, don MATÍAS JOSÉ TORRES FERNÁNDEZ, cédula de identidad N°13.364.095-9, domiciliado para estos efectos en Camino San Antonio número 519, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyo Sociedad por Acciones en los siguientes términos: I. Razón social: La razón social será “KOOVI TECH SpA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía la expresión “KOOVI SpA”. II. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la importación, exportación, adquisición, enajenación, comercialización, distribución, representación, consignación, fabricación, producción, ensamblaje, desarrollo, licenciamiento, implementación, mantención, soporte técnico, reparación y arrendamiento de toda clase de bienes corporales e incorporales muebles, especialmente productos tecnológicos, electrónicos, eléctricos, computacionales, informáticos, digitales, audiovisuales y de telecomunicaciones, incluyendo hardware, software, aplicaciones, plataformas digitales, sistemas informáticos, inteligencia artificial, automatización, dispositivos inteligentes, accesorios tecnológicos, redes, servidores y toda clase de equipos y componentes relacionados. Asimismo, la sociedad podrá desarrollar actividades de comercio electrónico, marketplace, venta online, intermediación digital y explotación de plataformas tecnológicas; prestar servicios de asesoría, consultoría, capacitación, soporte, desarrollo tecnológico, programación, marketing digital, publicidad, gestión comercial y administración de proyectos tecnológicos y no tecnológicos. Igualmente, podrá importar, exportar, comercializar y distribuir toda clase de productos, bienes, mercaderías, materias primas, insumos y artículos, sean tecnológicos o no tecnológicos, de origen nacional o extranjero, por cuenta propia o ajena. La sociedad también podrá invertir en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, derechos, acciones, bonos, valores mobiliarios, cuotas o derechos en sociedades civiles o comerciales, comunidades y asociaciones; participar en otras sociedades o empresas, constituirlas, modificarlas o administrarlas; percibir frutos y rentas provenientes de dichas inversiones; y celebrar toda clase de actos, contratos y operaciones civiles, comerciales, financieras o de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. En general, la sociedad podrá ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que los socios o administradores estimen necesarios o convenientes para el desarrollo del giro social y de cualquier actividad lícita relacionada directa o indirectamente con los objetos antes señalados. III. Domicilio: La sociedad fija su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. IV. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de 5 años, plazo que se entenderá renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, salvo que los socios o accionista manifestaren su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, dos meses antes de fin del respectivo período. V. Capital: El capital social asciende a la suma de $5.000.000 y se encuentra dividido en cinco mil acciones, todas nominativas, de una única serie, ordinarias y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. VI. Administración: La administración y representación de la sociedad le corresponderá exclusivamente a don MATÍAS JOSÉ TORRES FERNÁNDEZ. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de Junio de 2026.