INMOBILIARIA ZARATE CORREA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de junio de 2026
- Repertorio
- 5160-2026
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- San Pedro de la Paz
- Duración
- La sociedad se pacta a partir de la fecha de su respectiva escritura, y tendrá una duración de 10 años, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno
Objeto social
El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: A) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales, incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden; B) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; C) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas
Administración
La administración, representación y uso de la razón social, será ejercida por doña Lorena Paola Correa Ibáñez, sin perjuicio de las limitaciones señaladas en la letra B del referido estatuto.CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, el que se aporta por los socios de la manera que a continuación se indica: A.- Doña LORENA PAOLA CORREA IBAÑEZ, aporta la suma de novecientos noventa mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en este acto en dinero efectivo al contado; B.- Don PATRICIO ALONSO ZÁRATE PÉREZ, aporta la suma de diez mil pesos, equivalentes al uno por ciento del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en este acto en dinero efectivo al contado. En consecuencia, el capital queda íntegramente suscrito y pagado
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Uno. Doña LORENA PAOLA CORREA IBAÑEZ | socio | 10124401-6 | — | — | |
| Dos. Don PATRICIO ALONSO ZÁRATE PÉREZ | socio | 10674402-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLAYA FERRADA GARRIDO, suplente del Titular de la Agrupación de Comunas de la Jurisdicción de los Juzgados de Letras de Concepción, RAMÓN GARCÍA CARRASCO, con oficio en Rengo 444, Concepción, certifico que por escritura pública de fecha veintiséis de mayo del año dos mil veintiséis, repertorio N°5.160- 2026, ante mí, comparecen: Uno. Doña LORENA PAOLA CORREA IBAÑEZ, CNI 10.124.401-6, domiciliada en Avenida Las Rosas 1730, casa 13, Huertos Familiares, comuna de San Pedro de la Paz; Dos. Don PATRICIO ALONSO ZÁRATE PÉREZ, CNI 10.674.402-5, domiciliado en Ainavillo 465, departamento 404, comuna de Concepción, quienes constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, de la cual extracto lo siguiente: RAZÓN SOCIAL: “INMOBILIARIA ZARATE CORREA LIMITADA”. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social, será ejercida por doña Lorena Paola Correa Ibáñez, sin perjuicio de las limitaciones señaladas en la letra B del referido estatuto.CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, el que se aporta por los socios de la manera que a continuación se indica: A.- Doña LORENA PAOLA CORREA IBAÑEZ, aporta la suma de novecientos noventa mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en este acto en dinero efectivo al contado; B.- Don PATRICIO ALONSO ZÁRATE PÉREZ, aporta la suma de diez mil pesos, equivalentes al uno por ciento del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en este acto en dinero efectivo al contado. En consecuencia, el capital queda íntegramente suscrito y pagado. LOS SOCIOS LIMITAN SU RESPONSABILIDAD AL MONTO DE SUS RESPECTIVOS APORTES.OBJETO: El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: A) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales, incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden; B) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; C) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. DURACIÓN: La sociedad se pacta a partir de la fecha de su respectiva escritura, y tendrá una duración de 10 años, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno. DOMICILIO: San Pedro de la Paz. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 04 de Junio de 2026.