INMOBILIARIA E INVERSIONES ZM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de junio de 2026
- Repertorio
- 5120-2026
- Notario
- Suplente de don RAMÓN GARCÍA CARRASCO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
- Domicilio
- San Pedro de la Paz
- Duración
- La sociedad se pacta a partir de la fecha de su respectiva escritura, y tendrá una duración de 10 años, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno
Objeto social
El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: A) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales, incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que las socias acuerden; B) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; C) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.DURACIÓN: La sociedad se pacta a partir de la fecha de su respectiva escritura, y tendrá una duración de 10 años, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno,DOMICILIO: San Pedro de la Paz
Administración
La administración, representación y uso de la razón social, será ejercida conjuntamente por dos cualesquiera de los señores Magdalena Jesús Zarate Milic, Luciano Antonio Zarate Milic, y)o Fernanda Soledad Zarate Milic, sin perjuicio de las limitaciones señaladas en la letra B del referido estatuto.CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.200.000.-, el que se aporta por los socios de la manera que a continuación se indica: A.- MAGDALENA JESUS ZARATE MILIC, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalentes a un tercio del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en este acto en dinero efectivo al contado;B.- don LUCIANO ANTONIO ZARATE MILIC, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalentes a un tercio del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en este acto en dinero efectivo al contado; yC.- doña FERNANDA SOLEDAD ZARATE MILIC, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalentes a un tercio del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en este acto en dinero efectivo al contado.En consecuencia, el capital queda íntegramente suscrito y pagado
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Uno. Doña MAGDALENA JESUS ZARATE MILIC | socio | 19087246-7 | — | — | |
| Dos. Don LUCIANO ANTONIO ZARATE MILIC | socio | 20486850-6 | — | — | |
| Tres. Doña FERNANDA SOLEDAD ZARATE MILIC | socio | 21834484-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLAYA FERRADA GARRIDO, Suplente de don RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en Rengo 444, Concepción, certifico que por escritura pública de fecha veinticinco de mayo del año dos mil veintiséis, repertorio N°5.120-2026, ante don JOSÉ AGUSTÍN DONOSO MUSIATE, Abogado, Notario Público de Concepción, suplente del Titular de la Agrupación de Comunas de la Jurisdicción de los Juzgados de Letras de Concepción, don RAMÓN GARCÍA CARRASCO, con domicilio en calle Rengo número cuatrocientos cuarenta y cuatro de esta ciudad, comparecen: Uno. Doña MAGDALENA JESUS ZARATE MILIC, CNI 19.087.246-7; Dos. Don LUCIANO ANTONIO ZARATE MILIC, CNI 20.486.850-6; y Tres. Doña FERNANDA SOLEDAD ZARATE MILIC, CNI 21.834.484-4, todos los comparecientes domiciliados para estos efectos en Calican Oriente número dos mil cuatrocientos dos, Andalue, comuna de San Pedro de La Paz, quienes constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, de la cual extracto lo siguiente: RAZÓN SOCIAL: “INMOBILIARIA E INVERSIONES ZM LIMITADA”. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social, será ejercida conjuntamente por dos cualesquiera de los señores Magdalena Jesús Zarate Milic, Luciano Antonio Zarate Milic, y/o Fernanda Soledad Zarate Milic, sin perjuicio de las limitaciones señaladas en la letra B del referido estatuto.CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.200.000.-, el que se aporta por los socios de la manera que a continuación se indica: A.- MAGDALENA JESUS ZARATE MILIC, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalentes a un tercio del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en este acto en dinero efectivo al contado;B.- don LUCIANO ANTONIO ZARATE MILIC, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalentes a un tercio del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en este acto en dinero efectivo al contado; yC.- doña FERNANDA SOLEDAD ZARATE MILIC, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalentes a un tercio del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en este acto en dinero efectivo al contado.En consecuencia, el capital queda íntegramente suscrito y pagado. LOS SOCIOS LIMITAN SU RESPONSABILIDAD AL MONTO DE SUS RESPECTIVOS APORTES.OBJETO: El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: A) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales, incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que las socias acuerden; B) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; C) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.DURACIÓN: La sociedad se pacta a partir de la fecha de su respectiva escritura, y tendrá una duración de 10 años, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno,DOMICILIO: San Pedro de la Paz. Demas estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 04 de Junio de 2026.