AGRÍCOLA FAMILY GROUP SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2026
- Repertorio
- 11921-2026
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la explotación, en cualesquiera de sus formas, de predios agrícolas, ganaderos y)o forestales, sean propios o ajenos, y el desarrollo de toda clase de actividades relacionadas con la agricultura, ganadería y la actividad forestal que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 941, local 302, ciudad y comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 2 de junio de 2026, otorgada ante mí bajo el repertorio 11921-2026, INVERSIONES J & G SpA, sociedad por acciones del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 77.704.305-6, domiciliada en calle La Capitanía número 80, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, representada por doña Gloria Eliana Durán Núñez, constituyó una sociedad por acciones cuyo extracto es el siguiente: Nombre: AGRÍCOLA FAMILY GROUP SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la explotación, en cualesquiera de sus formas, de predios agrícolas, ganaderos y/o forestales, sean propios o ajenos, y el desarrollo de toda clase de actividades relacionadas con la agricultura, ganadería y la actividad forestal que acuerden los socios. Capital: Es la cantidad de $10.000.000.-, dividido en mil acciones, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por la accionista constituyente en pesos moneda nacional, en acto de constitución social. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Administración, representación y uso de la razón social corresponderán a doña GLORIA ELIANA DURÁN NÚÑEZ y a don JUAN ANTONIO SEGOVIA GONZÁLEZ, en calidad de Administradores, quienes las ejercerán con las más amplias facultades, actuando individual e indistintamente. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada del extracto para su legalización. Santiago, 3 de junio de 2026. Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago.