CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA MB SpA

RUT 19795292-K CVE 2820624
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
29 de mayo de 2026
Notaría
Concepción
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
29 de mayo de 2026
Repertorio
1593-2026
Notario
JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN
Oficio
12° Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Concepción, Región del Biobío
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será, por cuenta propia o ajena, en sociedad o asociada con terceros, en todo el territorio de la República: UNO. El arriendo de bienes raíces urbanos y rurales, amoblados o no amoblados, junto con la administración de dichos inmuebles; DOS. La compraventa, permuta y cualquier otra forma de adquisición y enajenación de bienes raíces; TRES. El desarrollo, construcción o habilitación de bienes raíces de toda especie; CUATRO. La administración de propiedades por cuenta propia o de terceros; y CINCO. Toda otra actividad de lícito comercio que el accionista acuerde incorporar. CUARTO

Administración

La administración de la sociedad corresponde a un ADMINISTRADOR ÚNICO. Para esta primera designación, se nombra como Administrador a don CRISTÓBAL ALONSO MARTÍNEZ BECERRA, ya individualizado, con las más amplias facultades de administración y disposición. La representación legal, judicial y extrajudicial de la sociedad corresponde al Administrador. SÉPTIMO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, Notario Público, titular de la 12° Notaría de Concepción, con oficio en avenida Chacabuco N°980, de la comuna de Concepción, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 29 de Mayo de 2026, bajo el repertorio N°1.593-2026, ante mí, PRIMERO.- ACCIONISTA FUNDADOR, DOMICILIO Y RUT: Don CRISTÓBAL ALONSO MARTÍNEZ BECERRA, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad y rol único tributario número 19.795.292-K, con domicilio en la ciudad de Concepción, Región del Biobío. SEGUNDO.- NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: La sociedad se denominará "INMOBILIARIA MB SpA", pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión "INMOBILIARIA MB". TERCERO.- OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será, por cuenta propia o ajena, en sociedad o asociada con terceros, en todo el territorio de la República: UNO. El arriendo de bienes raíces urbanos y rurales, amoblados o no amoblados, junto con la administración de dichos inmuebles; DOS. La compraventa, permuta y cualquier otra forma de adquisición y enajenación de bienes raíces; TRES. El desarrollo, construcción o habilitación de bienes raíces de toda especie; CUATRO. La administración de propiedades por cuenta propia o de terceros; y CINCO. Toda otra actividad de lícito comercio que el accionista acuerde incorporar. CUARTO.- DOMICILIO SOCIAL: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Concepción, Región del Biobío, sin perjuicio de los establecimientos que la sociedad establezca en otras ciudades de la República. QUINTO.- CAPITAL SOCIAL Y DISTRIBUCIÓN: El capital de la sociedad es la suma de UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000), dividido en MIL (1.000) acciones nominativas, ordinarias, de única serie y sin valor nominal. La totalidad de las acciones es suscrita y pagada íntegramente por el accionista fundador don CRISTÓBAL ALONSO MARTÍNEZ BECERRA, en dinero efectivo, al momento de la constitución. SEXTO.- ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad corresponde a un ADMINISTRADOR ÚNICO. Para esta primera designación, se nombra como Administrador a don CRISTÓBAL ALONSO MARTÍNEZ BECERRA, ya individualizado, con las más amplias facultades de administración y disposición. La representación legal, judicial y extrajudicial de la sociedad corresponde al Administrador. SÉPTIMO.- DURACIÓN: La duración de la sociedad es indefinida. OCTAVO.- RÉGIMEN DE RESOLUCIONES: Siendo la sociedad de accionista único, todas las resoluciones que en una sociedad de varios accionistas corresponderían a la Junta de Accionistas serán adoptadas por el accionista mediante declaración escrita, conforme al artículo 426 del Código de Comercio. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 03 de Junio de 2026.