INMOBILIARIA E INVERSIONES REYES Y PARRA SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2026
- Notario
- GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de Talcahuano
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- la comuna de CONCEPCIÓN
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N°18.046
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, intermediación u otra forma de explotación, de bienes raíces, urbanos o rurales así como el loteo, subdivisión, construcción y urbanización de los mismos, sea por cuenta propia o ajena, se incluye la administración y el arrendamiento de toda clase de inmuebles amoblados, sea por días, semanas, meses o por cualquier periodo, sea que se haga en forma directa o a través de plataformas digitales, por cuenta propia o ajena, sean estos inmuebles propios o de terceros; la administración de empresas, negocios y contratos, sea por cuenta propia o ajena; la prestación de servicios y asesorías en materias inmobiliarias, así como cualquier otra actividad relacionada con el rubro inmobiliario; la explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, rurales y forestales; la compra, venta, comercialización, intermediación, corretaje, importación, exportación y distribución de toda clase de bienes; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas y administrarlas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas. En general, podrá emprender cualquier otra actividad comercial, industrial o de prestación de servicios que la administración acuerde realizar
Administración
La sociedad será administrada, y representada judicial y extrajudicialmente por un Gerente General. Se designa como Gerente General a don FERNANDO TEDDY REYES REYES, para actuar en representación de la sociedad, con las facultades establecidas en el artículo octavo del presente estatuto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas Titular de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 2 de junio de 2026, ante mí, don FERNANDO TEDDY REYES REYES, C.I. N° 11.542.266-9, y doña CARLA CRISTINA PARRA SEPÚLVEDA, C.I. N° 11.681.988-0, ambos domiciliados en la comuna de Concepción, Pasaje Los Lotos N° 509, Jardines de Antilhue 3, Lomas de San Sebastián, vienen en constituir una sociedad por acciones, que se regirá por lo dispuesto en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, por las disposiciones que le fueren aplicables de la Ley N°18.046, y en especial por el siguiente estatuto.- NOMBRE: El nombre de la sociedad será “INMOBILIARIA E INVERSIONES REYES Y PARRA SpA”, pudiendo actuar válidamente en todo ámbito, con el nombre de fantasía “INMOBILIARIA AMÜLEN SpA”. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la comuna de CONCEPCIÓN, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer dentro del país o en el extranjero.- DURACIÓN: La sociedad durará indefinidamente a contar de esta fecha.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, intermediación u otra forma de explotación, de bienes raíces, urbanos o rurales así como el loteo, subdivisión, construcción y urbanización de los mismos, sea por cuenta propia o ajena, se incluye la administración y el arrendamiento de toda clase de inmuebles amoblados, sea por días, semanas, meses o por cualquier periodo, sea que se haga en forma directa o a través de plataformas digitales, por cuenta propia o ajena, sean estos inmuebles propios o de terceros; la administración de empresas, negocios y contratos, sea por cuenta propia o ajena; la prestación de servicios y asesorías en materias inmobiliarias, así como cualquier otra actividad relacionada con el rubro inmobiliario; la explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, rurales y forestales; la compra, venta, comercialización, intermediación, corretaje, importación, exportación y distribución de toda clase de bienes; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas y administrarlas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas. En general, podrá emprender cualquier otra actividad comercial, industrial o de prestación de servicios que la administración acuerde realizar. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $6.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias y nominativas de una sola serie, sin valor, nominal. CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: El capital social de $6.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas sin valor nominal, se suscribe en su totalidad, por los accionistas don Fernando Teddy Reyes Reyes y doña Carla Cristina Parra Sepúlveda, quienes pagan en este acto en dinero efectivo, cada uno la suma de $3.000.000.-, equivalentes a 500 acciones, lo que hace un total de $6.000.000.-. En consecuencia, queda enteramente suscrito y pagado el capital social. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada, y representada judicial y extrajudicialmente por un Gerente General. Se designa como Gerente General a don FERNANDO TEDDY REYES REYES, para actuar en representación de la sociedad, con las facultades establecidas en el artículo octavo del presente estatuto social. Se faculta para inscribir. Demás estipulaciones escritura extractada.- Talcahuano, 03 de junio de 2026.