Instrumento
- Fecha
- 27 de mayo de 2026
- Repertorio
- 12515-2026
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad será el desarrollo de las siguientes actividades, pudiendo cada una de ellas realizarse en forma independiente a las demás: (a) la fabricación, importación, exportación, comercialización, distribución y arrendamiento de maquinaria, equipos industriales y tecnológicos, incluyendo maquinaria eléctrica y equipos para la construcción, minería, agricultura y otras industrias; la prestación de servicios de mantenimiento, reparación y asistencia técnica de dichos equipos; el desarrollo, implementación y comercialización de soluciones tecnológicas e industriales; la representación de marcas nacionales y extranjeras; y en general, la realización de toda clase de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con lo anterior. Para efectos de lo anterior, podrá adquirir, importar, enajenar, arrendar, usar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes muebles e inmuebles y realizar toda actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y a los presentes estatutos, que no se encuentren prohibidas por la ley; (b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea dentro o fuera del país, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; (c) la venta, importación y exportación de todo tipo de bienes y productos; (d) la realización de todo tipo de consultorías de inversión, publicidad, tecnologías y marketing; y, (e) En general, todas las operaciones que estén directa o indirectamente relacionadas con el objeto y actividades antes mencionados, en el sentido más amplio posible, sin ningún tipo de restricción ni limitación, y que estén orientadas a facilitar la extensión y desarrollo de las mismas
Administración
La administración de la Sociedad corresponderá a un directorio de 2 miembros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: que por instrumento privado de fecha 27 de mayo de 2026, debidamente protocolizado ante mí con fecha 03 de junio de 2026, repertorio N°12515-2026, FIRST GREEN INDUSTRIES A.S. y TRINITY ENERGY GROUP SpA, constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: Nombre: First Green LatAm SpA (la “Sociedad”). Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en otros puntos del país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad será el desarrollo de las siguientes actividades, pudiendo cada una de ellas realizarse en forma independiente a las demás: (a) la fabricación, importación, exportación, comercialización, distribución y arrendamiento de maquinaria, equipos industriales y tecnológicos, incluyendo maquinaria eléctrica y equipos para la construcción, minería, agricultura y otras industrias; la prestación de servicios de mantenimiento, reparación y asistencia técnica de dichos equipos; el desarrollo, implementación y comercialización de soluciones tecnológicas e industriales; la representación de marcas nacionales y extranjeras; y en general, la realización de toda clase de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con lo anterior. Para efectos de lo anterior, podrá adquirir, importar, enajenar, arrendar, usar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes muebles e inmuebles y realizar toda actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y a los presentes estatutos, que no se encuentren prohibidas por la ley; (b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea dentro o fuera del país, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; (c) la venta, importación y exportación de todo tipo de bienes y productos; (d) la realización de todo tipo de consultorías de inversión, publicidad, tecnologías y marketing; y, (e) En general, todas las operaciones que estén directa o indirectamente relacionadas con el objeto y actividades antes mencionados, en el sentido más amplio posible, sin ningún tipo de restricción ni limitación, y que estén orientadas a facilitar la extensión y desarrollo de las mismas. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 10.000.000 de pesos chilenos, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por los accionistas conforme el siguiente desglose: i) 50 acciones íntegramente suscritas y pagadas por FIRST GREEN INDUSTRIES A.S. y; ii) 50 acciones íntegramente suscritas y pagadas por TRINITY ENERGY GROUP SpA. Administración: La administración de la Sociedad corresponderá a un directorio de 2 miembros. Demás estipulaciones constan en instrumento extractado. Santiago, 03 de junio de 2026.-