CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES VETA NORTE SpA

CVE 2820123
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésima Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

Para tales efectos, la sociedad podrá celebrar toda clase de actos y contratos con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, incluyendo contratos de mutuo, líneas de crédito, leasing, factoring, mandatos y demás instrumentos que sean necesarios o convenientes para el desarrollo de su

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público, Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha diecinueve de Mayo de dos mil veintiséis, otorgada ante mí, bajo el repertorio número veinticinco mil ochocientos sesenta, comparece don DAVE PAUL DIAZ DELAIGUE, chileno, casado, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número once millones cuatrocientos setenta mil noventa y cinco guión nueve, domiciliado en Jean Mermoz número cuatro mil ciento quince, departamento ciento sesenta y uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien viene en constituir una sociedad de inversión por acciones. El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES VETA NORTE SpA”, que también llevará el nombre de fantasía “VETA NORTE SPA”, pudiendo usarse indistintamente cualquiera de ellos. El objeto de la sociedad será: la inversión, financiamiento, adquisición y administración de participaciones en empresas y proyectos del sector alimentario; la instalación, administración, operación y explotación de casinos de alimentación y servicios de alimentación colectiva, incluyendo el suministro de alimentos, bebidas y productos relacionados a empresas, instituciones, establecimientos educacionales, recintos hospitalarios, industrias y todo tipo de organizaciones públicas o privadas; la gestión de contratos de concesión de servicios de alimentación; y la prestación de servicios de catering y alimentación en general, la prestación de servicios de cualquier naturaleza a personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, nacionales y extranjeras, incluyendo servicios de consultoría, asesoría, gestión y administración; la suscripción de contratos de prestación de servicios bajo toda modalidad; y la representación, agencia o mandato de personas o entidades nacionales o extranjeras vinculadas a los giros de la sociedad, la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, administración y explotación de bienes inmuebles propios o de terceros; la administración de carteras inmobiliarias; la intermediación en operaciones de compraventa y arriendo de propiedades; el corretaje de propiedades; la habilitación, remodelación y arriendo de espacios para uso comercial, industrial, educacional, habitacional u otro; y la gestión de activos inmobiliarios de toda naturaleza, la exploración y explotación de proyectos y concesiones mineras; la exploración, explotación y aprovechamiento de recursos naturales renovables y no renovables; la adquisición, cesión, arrendamiento y administración de concesiones mineras, derechos de agua y demás derechos sobre recursos naturales; y la participación en proyectos de desarrollo sustentable vinculados a los recursos naturales, la realización de inversiones de cualquier naturaleza en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, cuotas de fondos y participaciones en sociedades; la obtención y otorgamiento de financiamientos; la suscripción, adquisición, enajenación y administración de acciones, derechos sociales, bonos, instrumentos de deuda y demás valores; la constitución de garantías sobre bienes propios en favor de sociedades filiales, coligadas o relacionadas; y la administración de portafolios de inversión. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá ejecutar cualquier acto o contrato y desarrollar cualquier actividad comercial, industrial o de servicios que sea complementaria, accesoria o relacionada con los giros descritos precedentemente, o que coadyuve al cumplimiento de su objeto social. Para tales efectos, la sociedad podrá celebrar toda clase de actos y contratos con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, incluyendo contratos de mutuo, líneas de crédito, leasing, factoring, mandatos y demás instrumentos que sean necesarios o convenientes para el desarrollo de su giro.- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o filiales, que se acuerde establecer dentro o fuera del país. La duración de la sociedad será indefinida. La administración de la sociedad corresponderá a don DAVE PAUL DIAZ DELAIGUE, quien tendrá todas las facultades de administración y disposición que la ley y los estatutos sociales le confieren. El capital de la sociedad es la suma de treinta millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas en la forma indicada en los presentes estatutos. El accionista suscribe la totalidad de las acciones emitidas por la sociedad y paga en este acto la suma de diez millones de pesos, al contado y en dinero efectivo, ingresando dichos fondos a las arcas sociales. La suma restante del capital, correspondiente a veinte millones de pesos, será pagada dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de la presente escritura. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.