CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

HERRMANN SpA

CVE 2820194
Fecha instrumento
29 de mayo de 2026

Instrumento

Fecha
29 de mayo de 2026
Notario
Bernardo Espinosa Bancalari
Domicilio
Puerto Varas

Objeto social

Por cuenta propia o ajena, con capitales propios o ajenos: a) La ejecución, contratación, subcontratación, prestación de servicios, puesta en marcha, asesoría, implementación, mantención, también la compra, venta, arriendo, distribución, importación, exportación en el área del comercio, turismo, hospedaje y hotelería, panadería y similares y gastronomía, y; b) En general cualquier otra actividad rentable que se acuerde

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura de 29 de mayo de 2026, ante mí, doña YARELA CATALINA ALVARADO MESSER, empleada, cédula nacional de identidad número doce millones setecientos cincuenta y ocho mil sesenta y nueve guion tres; don FELIPE IGNACIO TOLG ALVARADO, constructor, cédula nacional de identidad número veinte millones quinientos cincuenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y cinco guion cuatro; y, doña MARIA PAZ TOLG ALVARADO, independiente, cédula nacional de identidad número veintidós millones trescientos cuarenta y nueve mil seiscientos cincuenta y cuatro guion siete, todos domiciliados en Ruta 225, kilómetro 41, Puerto Varas, constituyeron una sociedad por acciones : Nombre: "HERRMANN SpA". Objeto: Por cuenta propia o ajena, con capitales propios o ajenos: a) La ejecución, contratación, subcontratación, prestación de servicios, puesta en marcha, asesoría, implementación, mantención, también la compra, venta, arriendo, distribución, importación, exportación en el área del comercio, turismo, hospedaje y hotelería, panadería y similares y gastronomía, y; b) En general cualquier otra actividad rentable que se acuerde. Capital: Cinco millones de pesos, dividido en ciento veinte acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demas estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 01 de junio de 2026.