MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

FINANCIAMIENTO Y SEGUROS CORREDORES SpA

RUT 77131106-7 CVE 2820137
Fecha instrumento
29 de mayo de 2026

Instrumento

Fecha
29 de mayo de 2026
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintiocho de mayo del año dos mil veintiséis, ante mí, doña AÍDA GRACIELA KURTEN OSORIO, chilena, abogado, casada y separada de bienes, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y seis guión uno, con domicilio en calle Miraflores ochocientos noventa y nueve, de la ciudad de Temuco, en representación don FABIAN IGNACIO SILVA SILVA, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos un mil quinientos treinta y ocho guión nueve y de don LUIS MIGUEL RIQUELME MERINO, cédula nacional de identidad número quince millones ochocientos cuarenta y cinco mil ochocientos sesenta y cinco guion nueve, expusieron: Que el objeto de escritura extractada, es sanear el vicio por la falta de oportuna inscripción del extracto de la constitución de la Sociedad FINANCIAMIENTO Y SEGUROS CORREDORES SpA, suscrita por los comparecientes, con fecha diez de febrero de 2026, ante Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha dos de abril del año dos mil veintiséis en su Edición número cuarenta y cuatro mil cuatrocientos dieciséis.- PRESENTE SANEAMIENTO: De acuerdo a lo dispuesto en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, y no habiéndose podido cumplir con el trámite de inscripción de la escritura pública individualizada en la cláusula primera de este instrumento, la compareciente suscribió la escritura extractada con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo tercero de la citada ley.- En todo lo restante, queda la sociedad constituida en los mismos términos descritos en el pacto social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 29 de Mayo de 2026.