APLICACIONES COMPUTACIONALES SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2026
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.317.464.272 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Que, con fecha 13 de mayo de 2026, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad "APLICACIONES COMPUTACIONALES SpA", inscrita a fojas 531 vuelta, número 477 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar correspondiente al año 1991, celebrada en la misma fecha, en mi presencia y con la totalidad de los accionistas presentes, según Registro de Accionistas que he tenido a la vista, quienes acordaron lo siguiente: Actualizar el objeto social y regular las condiciones y términos conforme a los cuales la Sociedad podrá ejercer la facultad de adquirir acciones de su propia emisión, acordando para tales efectos la modificación de los artículos cuarto y quinto de los estatutos sociales, relativos al objeto y capital social respectivamente, los cuales quedan del siguiente tenor: "Artículo Cuarto. La prestación de servicios tecnológicos en cualquiera de sus modalidades, incluyendo, entre otros, el desarrollo de aplicaciones, análisis de sistemas, construcción de software, la comercialización de equipos y sistemas computacionales, y la externalización de profesionales especializados en tecnología a través de servicios de outsourcing". "Artículo Quinto. El capital social asciende a la suma de 4.317.464.272 pesos, dividido en 17.693.060 acciones nominativas, sin valor nominal, divididas en dos series distintas de acciones denominadas Serie A y Serie B, correspondiendo 14.154.448 acciones a la Serie A, y 3.538.612 acciones a la Serie B. Las acciones Serie B no tendrán derecho a voz ni derecho a voto, ni tendrán derecho a participar en las juntas ordinarias y extraordinarias de accionistas, no debiendo ser consideradas para el cómputo de los quórums de constitución y adopción de acuerdos de las juntas de accionistas. Las acciones Serie B tendrán derecho a participar sin limitaciones de las utilidades o dividendos de la sociedad, así como de las cantidades distribuidas con motivo de su disolución o liquidación. Las acciones Serie A tendrán derecho a participar con derecho a voz y voto en las juntas ordinarias y extraordinarias de accionistas, debiendo considerarse únicamente esta serie de acciones para el cómputo de los quórums de constitución y adopción de acuerdos de las juntas de accionistas. Las acciones Serie A tendrán derecho a participar sin limitaciones de las utilidades o dividendos de la sociedad, así como de las cantidades distribuidas con motivo de su disolución o liquidación. Las series de acciones, denominadas Serie A y Serie B, tendrán vigencia durante el plazo de noventa y nueve años a contar de esta fecha, y se extinguirán anticipadamente en el evento en que la sociedad "DataArt Enterprises Inc.", sociedad formada en el estado de New York, Estados Unidos de América, número de identificación fiscal 30-0060996, adquiera en propiedad la totalidad de las acciones Serie B emitidas por la Sociedad, entendiéndose que ello ha ocurrido a la fecha de la firma del o de los respectivos documentos de adquisición, momento en que se extinguirán la dos series de acciones en que se encuentra dividido el capital social, pasando éste a estar dividido en una misma serie ordinaria de acciones, nominativas y sin valor nominal, correspondiente a 17.693.060 acciones, las cuales contarán con todos los derechos y privilegios que les correspondan a los accionistas en su calidad de tales. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, y de conformidad al artículo 438 del Código de Comercio, la Sociedad queda facultada para adquirir acciones de su propia emisión. Las acciones así adquiridas deberán ser enajenadas dentro del plazo de 10 años a contar desde la fecha de su adquisición". Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 28 de mayo de 2026.