Inmobiliaria Sideral SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de abril de 2026
- Repertorio
- 6031-2026
- Notario
- Eduardo Javier Diez Morello
- Oficio
- 34ª notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $14.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley Nº 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEduardo Javier Diez Morello, notario público titular de la 34ª notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº 359, comuna de Providencia, Santiago, certifico que con fecha 14 de abril de 2026, ante mí, se protocolizó bajo el repertorio Nº 6.031-2026, el instrumento privado de fecha 9 de abril de 2026, suscrito por la totalidad de los accionistas de la sociedad "Inmobiliaria Sideral SpA", RUT Nº 76.783.757-7, inscrita a fojas 3.102, Nº 1.167, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2026, esto es, Inversiones La Fuente Limitada, Inversiones Quillay Limitada, Inversiones Bergamota SpA, Inversiones Brighton SpA, Inversiones Don Feliciano SpA, Inversiones Berríos SpA, Inversiones Vía Terra SpA y Sociedad de Inversiones del Canto SpA. En dicho documento, los accionistas acordaron por unanimidad la modificación de la sociedad en los siguientes sentidos: (i) dividirla en dos sociedades, mediante la distribución de su patrimonio entre sí y una nueva sociedad por acciones que se crea como consecuencia directa de la división y que se constituye al efecto, que se denominará "Estelar SpA", correspondiéndole a los accionistas de la sociedad dividida su misma participación en el capital de la nueva sociedad; (ii) disminuir el capital de "Inmobiliaria Sideral SpA" pasando este de $14.000.000, dividido en 1.400 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a $296.318, dividido en 1.400 acciones de iguales características, y (iii) la constitución de una nueva sociedad por acciones denominada "Estelar SpA", que nace producto de la división, cuyos estatutos fueron aprobados por la totalidad de los accionistas y cuyas menciones se incluyen en un extracto separado, tal como lo exige el reglamento de la ley Nº 18.046, sobre Sociedades Anónimas. Las demás estipulaciones, que según la ley no son materia de extracto, constan en el instrumento protocolizado. Se me acreditó que las personas que concurren al instrumento protocolizado son los únicos y actuales accionistas en la sociedad "Inmobiliaria Sideral SpA".- Santiago, 30 de abril de 2026, Eduardo Javier Diez Morello, notario público titular de la 34ª Notaría de Santiago.