CASTRO Y PARRA COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de mayo de 2026
- Repertorio
- 487-2026
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA ANDREA ROJAS DAMM, Notario Interino de la Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle Bandera 465, Of. 201, Santiago, certifico: Por escritura pública, ante mí, de fecha 26 de mayo de 2026, número de repertorio 487-2026, doña SILVIA ROSA DEL CARMEN PARRA VARAS, chilena, casada, factor de comercio, cédula nacional de identidad número once millones cuatrocientos setenta y cinco mil cuatrocientos diecisiete guion k, y don RAPHAEL LEONARDO CASTRO ELGUETA, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número nueve millones seiscientos siete mil setecientos noventa y siete guion uno, ambos con domicilio para estos efectos en Pasaje Talca número mil quinientos treinta y ocho, Cerro Colorado, Comuna de Renca, Santiago, Región Metropolitana; modificaron la sociedad CASTRO Y PARRA COMPAÑÍA LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta seis millones trescientos veintiséis mil seiscientos cuarenta y tres guion cinco, en el siguiente sentido: Transformación de la compañía en una Sociedad por Acciones, nombre o razón social CASTRO Y PARRA SpA, cuyo domicilio legal será la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. El objeto de la sociedad será: a).- La importación, exportación, compra, venta y distribución de todo tipo de bienes. b).- La prestación de servicios de colaboración empresarial de todo tipo para la comercialización de productos y servicios, mediante la conclusión de los oportunos acuerdos con otras compañías. Dicha colaboración incluirá en todo caso y en la medida permitida por la legislación aplicable a la comercialización de los referidos productos y servicios. c).- La realización de actividades relacionadas con la comercialización y/o la venta a través de internet o cualesquiera medios telemáticos de toda clase de productos y servicios de lícito comercio; d).- Efectuar inversiones o adquisiciones de toda clase de bienes; e).- Prestar todo tipo de servicios y/o asesorías en materia de comercialización de toda clase de bienes; f).- Efectuar todo tipo de negocios financieros, comerciales, industriales, de obras civiles o agrícolas, en especial servicios e ingeniería en construcción, mantención y diseño; g).- La fabricación, mantención, reparación, reacondicionamiento y montaje de todo tipo de maquinarias, incluyendo maquinarias dedicadas a la minería en general. h) El desarrollo, ejecución y soporte de proyecto de ingeniería en materia minera e industrial y de ingeniería propiamente tal. I) La confección de partes y piezas para todo tipo de maquinarias. j) La prestación de todo tipo de asesorías en las materias ya señaladas. k) La comercialización de todo tipo de productos al por menor y al por mayor, relacionados con el rubro minería e industrial, incluyendo su importación, la venta dentro del país y su exportación. El plazo de duración de la sociedad será indefinido. El capital de la sociedad será la suma de dos millones quinientos mil pesos, dividido en mil acciones de una misma serie, sin valor nominal, completamente enterado y pagado por los socios en la siguiente proporción: doña SILVIA ROSA DEL CARMEN PARRA VARAS, suscribe y paga quinientas acciones en la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, que la hacen dueña del cincuenta por ciento del capital social. Don RAPHAEL LEONARDO CASTRO ELGUETA suscribe y paga quinientas acciones en la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, que lo hacen dueña del cincuenta por ciento del capital social. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don RAPHAEL LEONARDO CASTRO ELGUETA, quien podrá actuar conjunta o separadamente, con amplias facultades. Para los efectos de las inscripciones en el Registro de Comercio pertinentes se deja constancia que la sociedad que se transforma se encuentra inscrita a fojas sesenta y tres mil doscientos quince número cuarenta y un mil seiscientos setenta y uno, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil trece.- Demás estipulaciones escritura extractada.