CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Servicios Médicos e Inversiones Zamorano Levi SpA

RUT 17024652-7 CVE 2819016
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de mayo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de mayo de 2026
Notario
PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO
Oficio
9ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) la administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios de fondo nacional de Salud o institutos de salud previsional; servicios de bienestar y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta; compra, venta, arriendo, distribución y comercialización de toda clases de insumos médicos; b) la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de tercero de toda clase de bienes inmuebles; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y, d) asesoramiento empresarial y en materia de gestión

Administración

Corresponderá exclusivamente a doña NATALIA PAOLA ZAMORANO LEVI, con las más amplias facultades de administración y disposición

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, Notario Público Titular de la 9ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos N° 333, entrepiso, comuna de Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 12-05-2026, rep 2463-2026, otorgada ante mí, los comparecientes doña NATALIA PAOLA ZAMORANO LEVI, cédula de identidad N° 17.024.652-7, domiciliada en El Maitén N° 2-2 letra C, comuna de Machalí, Región de O’Higgins y de paso en esta; don JAIME EDUARDO DAVIDSON REBOLLEDO, cédula de identidad N° 16.938.816-4, domiciliado en El Maitén N° 2-2 letra C, comuna de Machalí, Región de O’Higgins y de paso en esta; y don SERGIO EDUARDO ZAMORANO LEVI, cédula de identidad N° 18.798.834-9, domiciliado en Las Dalias N° 2650, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad por Acciones. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES ZAMORANO LEVI SpA”. DOMICILIO: la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. OBJETO: El objeto de la Sociedad será: a) la administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios de fondo nacional de Salud o institutos de salud previsional; servicios de bienestar y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta; compra, venta, arriendo, distribución y comercialización de toda clases de insumos médicos; b) la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de tercero de toda clase de bienes inmuebles; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y, d) asesoramiento empresarial y en materia de gestión. CAPITAL: $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas de única serie y sin valor nominal, enterado de la siguiente forma: doña NATALIA PAOLA ZAMORANO LEVI suscribe y paga 36 acciones por un valor de $360.000, equivalente al 36% del capital social; don JAIME EDUARDO DAVIDSON REBOLLEDO suscribe y paga 32 acciones por un valor de $320.000, equivalente al 32% del capital social; y don SERGIO EDUARDO ZAMORANO LEVI suscribe y paga 32 acciones por un valor de $320.000, equivalente al 32% del capital social, ingresando dichas sumas en caja social en este acto, de contado. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: Corresponderá exclusivamente a doña NATALIA PAOLA ZAMORANO LEVI, con las más amplias facultades de administración y disposición. DURACIÓN: Indefinida, a contar de la fecha de la escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada.