Santa Isabella SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de abril de 2026
- Notario
- ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE
- Oficio
- Sexta Notaría de esta ciudad
Sociedad
- N. fantasía
- “SANTA ISABELLA LTDA.”
- Capital
- $350.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de La Serena
- Duración
- la sociedad tendrá una duración de 50 años, a contar de la fecha de inscripción del presente extracto en el Registro de Comercio del domicilio social, plazo renovable sucesiva y automáticamente, por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con anticipación mínima de 2 meses antes del fin del período respectivo
- Ley aplicable
- ley n° 3.918
Objeto social
será la elaboración de propuestas de renegociación de pasivos, la recuperación de créditos ante Bancos e Instituciones Financieras a través de profesionales y por cuenta de los socios o terceros. La representación de los socios en la negociación de pasivos ante Bancos e Instituciones Financieras, particularmente la obtención de créditos para financiar y refinanciar deudas de los socios, gestionar concesiones de esperas o prórrogas de plazos, pagar y dar en pago bienes sociales para extinguir dichas deudas con o sin subrogación a favor de la compañía y en general desarrollar las demás actividades relacionadas con las anteriores que los socios acuerden. Administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a los socios Francisco Javier Fernández Rojas y Carmen Dora Julio Graf, quienes podrán actuar de manera conjunta o separada, indistintamente, así como por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, indistintamente, designe en cualquier momento. En caso de fallecimiento de uno de los socios administradores, la administración recaerá única y exclusivamente en el socio administrador que sobrevive, quien también podrá actuar por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, indistintamente, designe en cualquier momento. Los socios administradores o el socio administrador, según corresponda, como también el apoderado y)o los mandatarios que se designen, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de esta ciudad, con domicilio en este oficio calle Huanhualí N° 292 de la ciudad y comuna de La Serena, certifica que por escritura pública Repertorio Nro. 921-2026, de fecha 15.04.2026, otorgada ante mí, CARMEN DORA JULIO GRAF, profesora de estado en inglés, c.n.i. 6.370.479-2, domiciliado en Cisternas n° 1.960. oficina 41, La Serena, y FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ ROJAS, médico cirujano, c.n.i. 5.892.310-9, domiciliado en Cisternas n° 1.960. oficina 41, La Serena, modificaron “SANTA ISABELLA SpA”, constituida como sociedad colectiva civil bajo la razón social de “Sociedad de Gestiones Santa Isabella” por escritura pública de 17.05.2007 ante Oscar Fernández Mora, Notario Público de La Serena; modificada por escritura pública de 09.08.2018 ante Reinaldo Villalobos Pellegrini, Notario Público de Coquimbo; y modificada por escritura pública de 22.11.2018 ante Reinaldo Villalobos Pellegrini, Notario Público de Coquimbo, saneada por escritura pública de 14.01.2019 ante Gonzalo López Ríos, Notario Suplente de la misma Notaría, por la cual la sociedad se transformó en una sociedad por acciones bajo el nombre de Santa Isabella SpA, modificación inscrita a fs. 191 n°67 del Registro de Comercio de La Serena del año 2.019, y saneamiento inscrito a fs. 193 n° 68 del Registro de Comercio de La Serena del año 2.019. Por instrumento, los comparecientes, quienes representan la totalidad de las acciones en que se divide el capital social, lo que fue certificado por notario autorizante teniendo a la vista el Registro de Accionistas de la Sociedad, y en conformidad de las disposiciones del artículo 427 del Código de Comercio, acordaron modificar los estatutos de la sociedad, transformándola en una sociedad de responsabilidad limitada bajo el nombre de “Sociedad de Gestiones Santa Isabella Limitada”, conforme a artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y la ley n° 3.918 y sus modificaciones, la que se regirá por las estipulaciones indicadas instrumento que extracto. Razón social: “SOCIEDAD DE GESTIONES SANTA ISABELLA LIMITADA”. Nombre de fantasía: “SANTA ISABELLA LTDA.”. Domicilio: ciudad de La Serena, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país. Objeto: será la elaboración de propuestas de renegociación de pasivos, la recuperación de créditos ante Bancos e Instituciones Financieras a través de profesionales y por cuenta de los socios o terceros. La representación de los socios en la negociación de pasivos ante Bancos e Instituciones Financieras, particularmente la obtención de créditos para financiar y refinanciar deudas de los socios, gestionar concesiones de esperas o prórrogas de plazos, pagar y dar en pago bienes sociales para extinguir dichas deudas con o sin subrogación a favor de la compañía y en general desarrollar las demás actividades relacionadas con las anteriores que los socios acuerden. Administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a los socios Francisco Javier Fernández Rojas y Carmen Dora Julio Graf, quienes podrán actuar de manera conjunta o separada, indistintamente, así como por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, indistintamente, designe en cualquier momento. En caso de fallecimiento de uno de los socios administradores, la administración recaerá única y exclusivamente en el socio administrador que sobrevive, quien también podrá actuar por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, indistintamente, designe en cualquier momento. Los socios administradores o el socio administrador, según corresponda, como también el apoderado y/o los mandatarios que se designen, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad con amplias facultades. Capital: $350.000.000.- en el que participan los socios de la siguiente manera: a) Francisco Javier Fernández Rojas, dueño de un 97% de derechos sobre capital social; y b) Carmen Dora Julio Graf, dueña de un 3% de derechos sobre el capital social. El capital precedentemente indicado se encuentra íntegramente enterado con cargo al capital social de $350.000.000 que poseía la compañía como sociedad por acciones bajo el nombre de “Santa Isabella SpA”, previo a su transformación en sociedad de responsabilidad limitada acordada en instrumento que se extracta. Duración: la sociedad tendrá una duración de 50 años, a contar de la fecha de inscripción del presente extracto en el Registro de Comercio del domicilio social, plazo renovable sucesiva y automáticamente, por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con anticipación mínima de 2 meses antes del fin del período respectivo. Demás estipulaciones constan escritura extractada. La Serena, 28 de Mayo, 2026. FE DE ERRATAS, ESTE EXTRACTO REEMPLAZA AL PUBLICADO CON FECHA 04 DE MAYO DE 2026.