MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

LIQUIDADORA DE SEGUROS ONEXPERT SpA

RUT 77363613-3 CVE 2818892
Capital
$1.000.000 CLP
Notaría
Las

Instrumento

Repertorio
15458-2026
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42° Notaria de Las Condes
Comuna
Las

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES MELIWEÑUI SpA accionista 77359512-7
LIQUIDADORA DE SEGUROS ONEXPERT SpA accionista 77363613-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular, de la 42° Notaria de Las Condes, Avda. Apoquindo N° 3001, 2° Piso, Comuna de Las Condes, por escritura pública de fecha 04 de Mayo del 2026, Repertorio N° 15458-2026, ante mí, comparece doña Marisol Pérez Meza, en representación de INVERSIONES MELIWEÑUI SpA, RUT N° 77.359.512-7, único accionista de LIQUIDADORA DE SEGUROS ONEXPERT SpA, RUT N° 77.363.613-3, Capital $1.000.000., sociedad inscrita a fojas 90.424, número 36.303, del Registro de Comercio de Santiago del año 2024, exclusivamente en cuanto a la modificación estatutaria adoptada por el único accionista, en el siguiente sentido: Modificación del Artículo Séptimo de los estatutos sociales: Se modifica el Artículo Séptimo de los estatutos sociales de LIQUIDADORA DE SEGUROS ONEXPERT SpA, estableciéndose que la administración de la Sociedad será detentada por un Administrador Único, designado por el accionista o, en caso de existir más de uno, por la Junta de Accionistas con el voto de la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. El Administrador Único, anteponiendo a su firma el nombre de la Sociedad, tendrá el uso de la razón social, la representará judicial y extrajudicialmente, y estará investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes, sin limitación alguna, salvo aquellas que la ley o los estatutos reserven expresamente a la Junta de Accionistas. El Administrador Único podrá conferir mandatos y poderes generales o especiales y delegar en todo o en parte sus facultades en una o más personas, naturales o jurídicas. La designación del Administrador Único deberá anotarse al margen de la inscripción social y tendrá vigencia mientras no sea revocada en la misma forma en que se efectuó la designación. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de Mayo del 2026.