MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

GIOIA SpA

RUT 77110387-1 CVE 2819098
Capital
$1.200.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2026
Repertorio
3823-2026
Notario
MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.200.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
GIOIA SpA socio 77110387-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliada en Av. El Golf N° 99, oficina 101 B, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: con fecha 8 de mayo de 2026, ante mí, se redujo a escritura pública bajo el repertorio 3823-2026, el acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada con fecha 18 de marzo del año 2026, de la sociedad GIOIA SpA, RUT N° 77.110.387-1, inscrita a fojas 73.455 número 35.986 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019; en la cual la unanimidad de los accionistas, acordó: 1) Aumentar el capital de la sociedad en la cantidad de $1.200.000.000.- mediante la emisión de 1.200.000 nuevas acciones que se suscriben en la forma indicada en la escritura extractada, y que se pagarán en dos cuotas en dinero efectivo, el 5 y 29 de mayo de 2026. En consecuencia, el capital de GIOIA SpA pasará a ser la cantidad de $5.799.321.000.-, dividido en 5.799.321 acciones nominativas de igual valor y sin valor nominal. 2) Aprobar emisión de 1.200.000 acciones de pago, iguales, nominativas, sin valor nominal, cuyo valor de colocación es de $1.000.- cada una. 3) Aprobar sustitución del artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de cinco mil setecientos noventa y nueve millones trescientos veintiún mil pesos, dividido en cinco millones setecientos noventa y nueve mil trescientas veintiún acciones de igual valor, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y se ha pagado y pagará en los términos indicados en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales”. 4) Se acordó modificar el artículo quinto transitorio por el siguiente: “Artículo Quinto transitorio: El capital de la sociedad es la cantidad de cinco mil setecientos noventa y nueve millones trescientos veintiún mil pesos, correspondiente a cinco millones setecientas noventa y nueve mil trescientas veintiuna acciones, acciones de igual valor, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; las cuales se encuentran íntegramente suscritas, y de las cuales cuatro millones quinientas noventa y nueve mil trescientas veintiuna acciones se encuentran pagadas con la cantidad de cuatro mil quinientos noventa y nueve millones trescientos veintiún mil pesos con anterioridad a este acto, quedando pendiente el pago de un millón doscientas mil acciones, que se pagarán con la cantidad de mil doscientos millones de pesos en dos cuotas iguales a más tardar el cinco de mayo de dos mil veintiséis y el veintinueve de mayo de dos mil veintiséis. Todo lo anterior en las proporciones que se indican a continuación: a) Antomar S.A. es dueña de dos millones doscientas noventa y nueve mil seiscientas sesenta y una acciones, las cuales acciones se encuentran pagadas. Por su parte suscribe en este acto seiscientas mil acciones por un valor total de seiscientos millones de pesos, provenientes del aumento de capital acordado en esta junta que pagará en dos cuotas iguales equivalentes al cincuenta por ciento del valor a suscribir cada una de ellas, las que serán pagaderas el cinco de mayo y el veintinueve de mayo de dos mil veintiséis, respectivamente; b) Sociedad de Ahorro Matyco SpA es dueña de setecientas setenta y seis mil novecientas sesenta y una acciones que se encuentran pagadas. Por su parte suscribe en este acto doscientas dos mil setecientas quince acciones por un valor total de doscientos dos millones setecientos quince mil pesos, provenientes del aumento de capital acordado en esta junta que pagará en dos cuotas iguales equivalentes al cincuenta por ciento del valor a suscribir cada una de ellas, las que serán pagaderas el cinco de mayo y el veintinueve de mayo de dos mil veintiséis, respectivamente; c) San Frutuosso SpA es dueña de quinientas setenta y cuatro mil novecientas quince acciones se encuentran pagadas. Por su parte, suscribe en este acto ciento cincuenta mil acciones por un valor total de ciento cincuenta millones de pesos, provenientes del aumento de capital acordado en esta junta que pagará en dos cuotas iguales equivalentes al cincuenta por ciento del valor a suscribir cada una de ellas, las que serán pagaderas el cinco de mayo y el veintinueve de mayo de dos mil veintiséis, respectivamente; d) Inversiones y Asesorías Patricio Baeza Aspee E.I.R.L. es dueña de cuatrocientas veintiún mil trescientas diecinueve acciones que se encuentran pagadas. Por su parte, suscribe en este acto ciento nueve mil novecientas veintiséis acciones por un valor total de ciento nueve millones novecientos veintiséis mil pesos, provenientes del aumento de capital acordado en esta junta que pagará en dos cuotas iguales equivalentes al cincuenta por ciento del valor a suscribir cada una de ellas, las que serán pagaderas el cinco de mayo y el veintinueve de mayo de dos mil veintiséis, respectivamente; e) Patricio Baeza Aspee es dueño de doscientas cincuenta y un mil quinientas catorce acciones que se encuentran pagadas. Por su parte, suscribe en este acto sesenta y cinco mil seiscientas veintidós acciones por un valor total de sesenta y cinco millones seiscientos veintidós mil pesos, provenientes del aumento de capital acordado en esta junta que pagará en dos cuotas iguales equivalentes al cincuenta por ciento del valor a suscribir cada una de ellas, las que serán pagaderas el cinco de mayo y el veintinueve de mayo de dos mil veintiséis, respectivamente; f) Arte Culinaria SpA es dueña de treinta y cinco mil novecientas setenta y tres acciones que se encuentran pagadas. Por su parte, suscribe en este acto nueve mil trescientas ochenta y seis acciones por un valor total de nueve millones trescientos ochenta y seis mil pesos, provenientes del aumento de capital acordado en esta junta provenientes del aumento de capital acordado en esta junta que pagará en dos cuotas iguales equivalentes al cincuenta por ciento del valor a suscribir cada una de ellas, las que serán pagaderas el cinco de mayo y el veintinueve de mayo de dos mil veintiséis, respectivamente; g) Inversiones S & B Limitada es dueña de cincuenta y siete mil novecientas setenta y cuatro acciones que se encuentran pagadas. Por su parte, tendrá suscribe en este acto quince mil ciento veintiséis acciones por un valor total de quince millones ciento veintiséis mil pesos, provenientes del aumento de capital acordado en esta junta que pagará en dos cuotas iguales equivalentes al cincuenta por ciento del valor a suscribir cada una de ellas, las que serán pagaderas el cinco de mayo y el veintinueve de mayo de dos mil veintiséis, respectivamente; y h) Inversiones Michele Marie Bunout Stiepovic E.I.R.L. es dueña de ciento ochenta y un mil cuatro acciones que se encuentran pagadas. Por su parte, suscribe en este acto cuarenta y siete mil doscientas veinticinco acciones por un valor total de cuarenta y siete millones doscientos veinticinco mil pesos, provenientes del aumento de capital acordado en esta junta que pagará en dos cuotas iguales equivalentes al cincuenta por ciento del valor a suscribir cada una de ellas, las que serán pagaderas el pagaderas el cinco de mayo y el veintinueve de mayo de dos mil veintiséis, respectivamente.”. Otras estipulaciones no son materia de extracto y constan en la escritura extractada.- Santiago, 28 de mayo de 2026. Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino.