Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2026
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Domicilio
- Los Robles N° 202, Villa Manzanar, comuna de Curacautín
- Duración
- Indefinida
Objeto social
tendrá por objeto desarrollar, organizar, fomentar y ejecutar actividades económicas, productivas, comerciales, culturales y de servicios, en beneficio de sus socias, vinculadas principalmente a la artesanía, manufactura, oficios tradicionales, producción silvoagropecuaria, elaboración de productos locales, agroelaborados, turismo rural, rescate patrimonial, comercialización y prestación de servicios asociados al desarrollo rural. En particular, la Cooperativa podrá dedicarse a la elaboración, diseño, producción, transformación, manufactura, industrialización, promoción y comercialización de joyas, piezas artesanales y artículos utilitarios u ornamentales en plata, coirón, cuero, madera, textiles, fibras, tejidos, metales, piedras, semillas, materiales reciclados, materias primas naturales y cualesquiera otros insumos afines. Asimismo, podrá desarrollar actividades de talabartería y trabajo en cuero, incluyendo la producción, reparación, transformación y comercialización de cinturones, aros, materos, bolsos, accesorios, artículos decorativos, implementos rurales y todo tipo de bienes propios o complementarios de dicho rubro. La Cooperativa podrá desarrollar, apoyar, gestionar y comercializar actividades silvoagropecuarias en general, incluyendo actividades agrícolas, ganaderas, forestales, agroecológicas, agroalimentarias, agroindustriales, de recolección, transformación, conservación, agregación de valor, producción de materias primas, manejo sustentable de recursos naturales y comercialización de productos agrícolas, pecuarios, forestales y sus derivados. Podrá también producir, procesar, transformar, envasar, conservar, etiquetar, promocionar y comercializar productos agroalimentarios elaborados o semielaborados, tales como mermeladas, conservas, deshidratados, encurtidos, productos gourmet, bebidas artesanales, preparaciones tradicionales y otros derivados de la actividad agrícola, ganadera, forestal o rural, cumpliendo las autorizaciones sanitarias, municipales o sectoriales que correspondan. La Cooperativa tendrá por finalidad promover el trabajo conjunto y la asociatividad de sus socias, facilitando el acceso a materias primas, insumos, herramientas, infraestructura, tecnología, capacitación, asistencia técnica, innovación, diseño, desarrollo de productos, certificaciones, formalización, financiamiento, asesoría comercial, canales de venta, ferias, tiendas, plataformas digitales, intermediación comercial y acceso a mercados locales, regionales, nacionales e internacionales. Asimismo, podrá desarrollar actividades de turismo rural, transporte, educación ambiental, experiencias demostrativas, talleres, difusión del cooperativismo, promoción de oficios tradicionales, rescate del patrimonio cultural, identidad local, economía circular, comercio justo y sustentabilidad, cuando ellas sean coherentes con el objeto social y contribuyan al desarrollo económico, social, cultural y ambiental de sus socias y del territorio. Para el cumplimiento de sus fines, la Cooperativa podrá celebrar toda clase de actos y contratos civiles, comerciales, administrativos y laborales; postular, ejecutar y administrar fondos públicos o privados; participar en programas, proyectos, licitaciones, convenios, alianzas estratégicas y redes de colaboración con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras; registrar y administrar marcas, nombres de fantasía, etiquetas, diseños, sellos, certificaciones, derechos de propiedad intelectual o industrial, indicaciones geográficas, denominaciones de origen u otros activos intangibles, cuando ello sea procedente conforme a la normativa vigente. Todo lo anterior tendrá por finalidad mejorar las condiciones económicas, productivas, comerciales, sociales y culturales de sus socias, promoviendo la cooperación, la agregación de valor, el rescate de saberes locales, el fortalecimiento de la economía rural y el desarrollo sostenible del territorio
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Que con fecha 13 de Mayo del año 2026, ante mí, don DAVID ALFONSO DÍAZ FLORES, chileno, cedula nacional de identidad numero catorce millones trescientos sesenta y ocho mil novecientos cuarenta y nueve guion dos, ingeniero forestal, casado, domiciliado en Mandarino numero tres mil quinientos cuarenta y ocho de la comuna de Temuco; redujo a escritura pública la Junta General Constitutiva de la COOPERATIVA CAMPESINA VIENTOS DE PLATA LIMITADA, de fecha 28 de abril de dos mil veintiséis. Razón Social: “Cooperativa Campesina Vientos de Plata Limitada”, pudiendo usar como nombre de fantasía “Vientos de Plata”. Domicilio: Los Robles N° 202, Villa Manzanar, comuna de Curacautín. Duración: Tendrá una duración indefinida. Objeto Social: tendrá por objeto desarrollar, organizar, fomentar y ejecutar actividades económicas, productivas, comerciales, culturales y de servicios, en beneficio de sus socias, vinculadas principalmente a la artesanía, manufactura, oficios tradicionales, producción silvoagropecuaria, elaboración de productos locales, agroelaborados, turismo rural, rescate patrimonial, comercialización y prestación de servicios asociados al desarrollo rural. En particular, la Cooperativa podrá dedicarse a la elaboración, diseño, producción, transformación, manufactura, industrialización, promoción y comercialización de joyas, piezas artesanales y artículos utilitarios u ornamentales en plata, coirón, cuero, madera, textiles, fibras, tejidos, metales, piedras, semillas, materiales reciclados, materias primas naturales y cualesquiera otros insumos afines. Asimismo, podrá desarrollar actividades de talabartería y trabajo en cuero, incluyendo la producción, reparación, transformación y comercialización de cinturones, aros, materos, bolsos, accesorios, artículos decorativos, implementos rurales y todo tipo de bienes propios o complementarios de dicho rubro. La Cooperativa podrá desarrollar, apoyar, gestionar y comercializar actividades silvoagropecuarias en general, incluyendo actividades agrícolas, ganaderas, forestales, agroecológicas, agroalimentarias, agroindustriales, de recolección, transformación, conservación, agregación de valor, producción de materias primas, manejo sustentable de recursos naturales y comercialización de productos agrícolas, pecuarios, forestales y sus derivados. Podrá también producir, procesar, transformar, envasar, conservar, etiquetar, promocionar y comercializar productos agroalimentarios elaborados o semielaborados, tales como mermeladas, conservas, deshidratados, encurtidos, productos gourmet, bebidas artesanales, preparaciones tradicionales y otros derivados de la actividad agrícola, ganadera, forestal o rural, cumpliendo las autorizaciones sanitarias, municipales o sectoriales que correspondan. La Cooperativa tendrá por finalidad promover el trabajo conjunto y la asociatividad de sus socias, facilitando el acceso a materias primas, insumos, herramientas, infraestructura, tecnología, capacitación, asistencia técnica, innovación, diseño, desarrollo de productos, certificaciones, formalización, financiamiento, asesoría comercial, canales de venta, ferias, tiendas, plataformas digitales, intermediación comercial y acceso a mercados locales, regionales, nacionales e internacionales. Asimismo, podrá desarrollar actividades de turismo rural, transporte, educación ambiental, experiencias demostrativas, talleres, difusión del cooperativismo, promoción de oficios tradicionales, rescate del patrimonio cultural, identidad local, economía circular, comercio justo y sustentabilidad, cuando ellas sean coherentes con el objeto social y contribuyan al desarrollo económico, social, cultural y ambiental de sus socias y del territorio. Para el cumplimiento de sus fines, la Cooperativa podrá celebrar toda clase de actos y contratos civiles, comerciales, administrativos y laborales; postular, ejecutar y administrar fondos públicos o privados; participar en programas, proyectos, licitaciones, convenios, alianzas estratégicas y redes de colaboración con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras; registrar y administrar marcas, nombres de fantasía, etiquetas, diseños, sellos, certificaciones, derechos de propiedad intelectual o industrial, indicaciones geográficas, denominaciones de origen u otros activos intangibles, cuando ello sea procedente conforme a la normativa vigente. Todo lo anterior tendrá por finalidad mejorar las condiciones económicas, productivas, comerciales, sociales y culturales de sus socias, promoviendo la cooperación, la agregación de valor, el rescate de saberes locales, el fortalecimiento de la economía rural y el desarrollo sostenible del territorio. Capital: Los socios fundadores suscriben y pagan en este acto un total de 700 cuotas de participación, de un valor inicial de 2.000 cada una, equivalentes a un capital inicial total de un 1.400.000.- Cada socio fundador suscribe y paga 100 cuotas de participación, equivalentes a 200.000, enteradas en dinero efectivo, dejándose constancia de ello en el Registro de Socios y en la contabilidad de la Cooperativa. Gerente Administrador Provisional: doña Elisa del Carmen Torres Cid, cédula nacional de identidad número ocho millones novecientos treinta y dos mil novecientos cuarenta y ocho guión cinco, como Gerente Administrador Provisorio de la Cooperativa, a contar de esta fecha y hasta la primera Junta General de Socios que se celebre. Concurren 7 personas a la Junta Constitutiva. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 29 de Mayo 2026.