MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MÉDICA CONTRERAS CASTILLA LIMITADA

RUT 77912485-1 CVE 2818479
Fecha instrumento
27 de abril de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de abril de 2026
Repertorio
1596-2026
Notario
JOSÉ TOMÁS FABRES BORDEU
Oficio
41ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSÉ TOMÁS FABRES BORDEU, Notario Público Interino 41ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle Ahumada 179, 4º piso, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 27 de abril de 2026, Repertorio Nº 1596-2026, ante mí: Don JOSÉ IGNACIO CONTRERAS CASTILLA, domiciliado en Avenida Club de Campo N° 172, depto. 1501, Comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana; doña CARLA ALEJANDRA CASTILLA VERGARA, domiciliada en calle Salto de Agua N° 1983, Barrio Aguas Claras, Chillán, y doña CAMILA ALEJANDRA FERRADA RIQUELME, domiciliada en Avenida Club de Campo N° 172, depto. 1501, Comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD MÉDICA CONTRERAS CASTILLA LIMITADA”, RUT N° 77.912.485-1, constituida con fecha 11 de Junio de 2024, ante Notario de Santiago, doña Susana Belmonte Aguirre, inscrita a fs. 50.593 N° 20.571, Registro Comercio C.B.R. Santiago, año 2024.- Modificación consiste: Se retira de la sociedad doña Carla Alejandra Castilla Vergara, dueña del 60% de los derechos sociales, quien vende, cede y transfiere todos sus derechos en la sociedad de la siguiente manera: a) El 20% a don José Ignacio Contreras Castilla, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en $2.000.000.-, contado; y b) El 40% a doña Camila Alejandra Ferrada Riquelme, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en $4.000.000.-, contado.- Como consecuencia, cesión de derechos quedan como únicos y actuales socios de la sociedad “SOCIEDAD MÉDICA CONTRERAS CASTILLA LIMITADA”, don José Ignacio Contreras Castilla, con un 60%, y doña Camila Alejandra Ferrada Riquelme, con un 40% de los derechos sociales. En todo lo no modificado siguen vigentes en todas sus partes las cláusulas del pacto constitutivo.- Santiago, 12 de mayo del 2026.