Sociedad de Transportes Millahue Ltda.
Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2026
- Notario
- CRISTOFER ANDRÉS ROLACK FUENTES
- Oficio
- Segunda Notaría de Castro
- Comuna
- Castro
Administración
En consecuencia, desde la fecha de la escritura extractada, la administración general de la sociedad, su representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a don FELIPE EDMUNDO GODOY AUDE, cédula nacional de identidad Número 19.138.466-0, quien, anteponiendo a su firma el nombre o razón social de la sociedad, podrá ejercer todas las facultades actualmente contempladas en la cláusula quinta del estatuto social vigente. Asimismo, se dejó constancia de que queda sustituida, para todos los efectos legales y estatutarios, cualquier designación anterior relativa a la persona encargada de la administración, representación judicial y extrajudicial, y uso de la razón social de la sociedad, cesando en dichas funciones quien o quienes las hubieren ejercido con anterioridad a la escritura extractada, sin perjuicio de la validez de los actos ejecutados hasta esa fecha. La modificación no altera, amplía ni restringe las facultades de administración, representación y uso de la razón social ya establecidas en el estatuto social vigente, las que se mantienen plenamente vigentes y se entenderán conferidas al administrador designado por la escritura extractada. Castro, 28 de mayo de 2026
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTOFER ANDRÉS ROLACK FUENTES, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Castro, con oficio en calle Gamboa número cuatrocientos ochenta y uno, comuna de Castro, certifico: Que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 28 de mayo de 2026, Repertorio número 1.398-2026 , don FELIPE EDMUNDO GODOY AUDE, cédula nacional de identidad Número 19.138.466-0; doña PAMELA ALEJANDRA AUDE BARRÍA, cédula nacional de identidad Número 11.414.033-3; y don MANUEL JOAQUÍN ALEJANDRO GODOY AUDE, cédula nacional de identidad Número 19.553.419-5, todos domiciliados para estos efectos en Pasaje Canal Trinidad número ochocientos sesenta y tres, Villa Guarello, comuna de Castro, Región de Los Lagos, únicos y actuales socios de la SOCIEDAD DE TRANSPORTES MILLAHUE LIMITADA, también denominada TRANSPORTES MILLAHUE LTDA., Rol Único Tributario Número 76.580.771-9, modificaron dicha sociedad. La sociedad se constituyó originalmente bajo la razón social SOCIEDAD DE TRANSPORTES QUEILEN BUS COSTA LIMITADA, pudiendo actuar también con el nombre de fantasía QUEILEN BUS COSTA LTDA., por escritura pública de fecha once de abril de dos mil catorce, otorgada ante don Enrique Monasterio Rebolledo, Notario Público de Castro, Repertorio número mil trescientos doce guion dos mil catorce. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas cincuenta y cuatro, número cuarenta y seis, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Castro correspondiente al año dos mil catorce, y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta mil ochocientos cincuenta y dos, de fecha nueve de mayo de dos mil catorce. La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha veinticuatro de junio de dos mil dieciséis, otorgada ante don Pedro Hernán Larrere Castro, Notario Público de Castro, Repertorio número dos mil cuatrocientos ochenta guion dos mil dieciséis. En virtud de dicha modificación, entre otras materias, se modificó la razón social de la sociedad, pasando a denominarse SOCIEDAD DE TRANSPORTES MILLAHUE LTDA., pudiendo actuar también con el nombre de fantasía TRANSPORTES MILLAHUE LTDA. Asimismo, se modificó la cláusula tercera relativa al capital y aportes de los socios. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas cien, número sesenta y uno, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Castro correspondiente al año dos mil dieciséis, y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y un mil quinientos ocho, de fecha catorce de julio de dos mil dieciséis. Por la escritura que extracto, los socios acordaron modificar la cláusula quinta del pacto social, vigente en dicha parte, relativa a la administración, representación judicial y extrajudicial, y uso de la razón social, solo en cuanto a la persona que ejercerá dicha administración. En consecuencia, desde la fecha de la escritura extractada, la administración general de la sociedad, su representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a don FELIPE EDMUNDO GODOY AUDE, cédula nacional de identidad Número 19.138.466-0, quien, anteponiendo a su firma el nombre o razón social de la sociedad, podrá ejercer todas las facultades actualmente contempladas en la cláusula quinta del estatuto social vigente. Asimismo, se dejó constancia de que queda sustituida, para todos los efectos legales y estatutarios, cualquier designación anterior relativa a la persona encargada de la administración, representación judicial y extrajudicial, y uso de la razón social de la sociedad, cesando en dichas funciones quien o quienes las hubieren ejercido con anterioridad a la escritura extractada, sin perjuicio de la validez de los actos ejecutados hasta esa fecha. La modificación no altera, amplía ni restringe las facultades de administración, representación y uso de la razón social ya establecidas en el estatuto social vigente, las que se mantienen plenamente vigentes y se entenderán conferidas al administrador designado por la escritura extractada. Castro, 28 de mayo de 2026.