SOCIEDAD DE RENTAS MFAM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de mayo de 2026
- Notario
- Suplente de don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $38.834.183 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO PRIETO MAGNOLFI, Suplente de don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado y Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifica que: Por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2026, otorgada ante mi, don Jorge Tomás Aguirre Moltedo, cédula de identidad 7.671.779-6, con domicilio en Camino de la Vertientes número mil trescientos noventa y siete, Las Condes, Región Metropolitana, doña Rosa Eliana Aguirre Moltedo, cédula de identidad N° 4.574.905-3, domiciliada en Avenida Quinta, N° 077, Villa Alemana, doña María Francisca Aguirre Moltedo, cédula de identidad N° 9.788.827-2, domiciliada en calle Calafquén, N° 605, Los Pinos, Reñaca, Viña del Mar, Paula Aguirre Moltedo, cédula de identidad N° 10.836.587-0, calle Panamericana Norte, Kilómetro N° 102, Hijuelas, Valparaíso, doña Pauline Amande Testart Aguirre, cédula de identidad N° 21.535.821-6, domiciliada en calle Calafquen N° 605, Los Pinos, Reñaca, Viña del Mar y don José Miguel Testart Aguirre, cédula de identidad N° 16.436.353-5, domiciliado en calle Calafquen N° 605, Los Pinos, Reñaca, Viña del Mar, modificaron “SOCIEDAD DE RENTAS MFAM LIMITADA” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 194 N° 138 del Registro de Comercio de Viña del Mar año 2026, en los siguientes términos: 1. Cesión de derechos sociales. (i) doña Maria Francisca Aguirre Moltedo vende, cede y transfiere a doña Pauline Amande Testart Aguirre, el 0,4% de sus derechos sociales, equivalentes al 0,1% del total de los derechos sociales de la Sociedad, en la suma de 358.342 pesos, que la cesionaria pagará dentro del plazo de seis meses desde fecha de escritura; (ii) doña Maria Francisca Aguirre Moltedo vende, cede y transfiere a don José Miguel Testart Aguirre, el 0,4% de sus derechos sociales, equivalentes al 0,1% del total de los derechos sociales de la Sociedad, en la suma de 358.342 pesos, que el cesionario pagará dentro del plazo de seis meses desde fecha de escritura. Como consecuencia, quedan como únicos socios de la Sociedad los siguientes: Jorge Tomás Aguirre Moltedo con un 25% de los derechos sociales, Rosa Eliana Aguirre Moltedo con un 25% de los derechos sociales, Paula Aguirre Moltedo con un 25% de los derechos sociales, María Francisca Aguirre Moltedo con un 24,8% de los derechos sociales, Pauline Amande Testart Aguirre, con un 0,1% de los derechos sociales y José Miguel Testart Aguirre con un 0,1% de los derechos sociales. 2. Devolución de capital. Se acordó la devolución de capital a los socios Jorge Tomas Aguirre Moltedo por la suma de $38.834.183, a Rosa Eliana Aguirre Moltedo por la suma de $38.834.183 y a Paula Aguirre Moltedo por la suma de $38.834.184, junto con el pago de utilidades acumuladas en proporción a su participación social. Como consecuencia de lo anterior, se retiran de la sociedad don Jorge Tomas Aguirre Moltedo, doña Rosa Eliana Aguirre Moltedo y doña Paula Aguirre Moltedo, quedando como únicos socios doña Maria Francisca Aguirre Moltedo, con un 99,2% de los derechos sociales, Pauline Amande Testart Aguirre, con un 0,4% de los derechos sociales y José Miguel Testart Aguirre con un 0,4% de los derechos sociales. En consecuencia, socios acuerdan reemplazar la cláusula sexta de los estatutos por la siguiente: “SEXTA: El capital de la sociedad es la suma de 38.834.184 pesos que los socios han aportado con anterioridad a esta fecha, en la siguiente proporción: uno) doña Maria Francisca Aguirre Moltedo, posee el 99,2% de los derechos sociales, equivalentes a 38.523.512 pesos; dos) doña Pauline Amande Testart Aguirre posee el 0,4% de los derechos sociales, equivalentes a 155.336 pesos y tres) don José Miguel Testart Aguirre, posee el 0,4% de los derechos sociales, equivalentes a 155.336 pesos”. 3. Aumento de capital: Los socios acordaron aumentar el capital social de $38.834.184 a $155.336.734, mediante aporte de doña Maria Francisca Aguirre Moltedo por $116.502.550, a enterarse dentro de seis meses. En consideración al aumento de capital acordado en la cláusula precedente, los socios acuerdan reemplazar la cláusula SEXTA de los estatutos sociales, la que queda como sigue: “SEXTA: El capital de la sociedad es la suma de 155.336.734 pesos que los socios aportan en la siguiente proporción: uno) doña María Francisca Aguirre Moltedo, aporta la suma de 155.026.062 pesos, equivalentes al 99,8% de los derechos sociales, de los cuales 38.523.512 pesos han sido enterados y pagados con anterioridad a esta fecha y la suma de 116.502.550 pesos será enterada dentro del plazo de seis meses a contar de esta fecha; dos) doña Pauline Amande Testart Aguirre, aporta la suma de 155.336 pesos, equivalentes al 0,1% de los derechos sociales y tres) don Jose Miguel Testart Aguirre, aporta la suma de 155.336 pesos, equivalentes al 0,1% de los derechos sociales”. 4. Cambio de razón social. Los socios acordaron modificar la razón social de la Sociedad, reemplazando la cláusula SEGUNDA de los estatutos por la siguiente “SEGUNDA: El nombre de la sociedad será Sociedad de Rentas Jubal del Bosque Limitada”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de mayo de 2026.