MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE RENTAS REAM LIMITADA

RUT 76647869-7 CVE 2817570
Fecha instrumento
20 de mayo de 2026
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2026
Repertorio
76289
Notario
Suplente de don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Ley aplicable
Ley N°19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO PRIETO MAGNOLFI, Suplente de don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado y Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifica que: Por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2026, otorgada ante mi, don Jorge Tomás Aguirre Moltedo, cédula de identidad 7.671.779-6, con domicilio en Camino de la Vertientes número mil trescientos noventa y siete, Las Condes, Región Metropolitana, doña Rosa Eliana Aguirre Moltedo, cédula de identidad N° 4.574.905-3, domiciliada en Avenida Quinta N° 077, Villa Alemana, doña María Francisca Aguirre Moltedo, cédula de identidad N° 9.788.827-2, domiciliada en calle Calafquén N° 605, Los Pinos, Reñaca, Viña del Mar y Paula Aguirre Moltedo, cédula de identidad N° 10.836.587-0, domiciliada en calle Panamericana Norte, Kilómetro N° 102, Hijuelas, Valparaíso; únicos y actuales socios de “SOCIEDAD DE RENTAS REAM LIMITADA” (la “Sociedad”), fojas 195 N°139 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Viña del Mar año 2026, acordaron sanear conforme a la Ley N°19.499, escritura pública repertorio N°76.289 otorgada en la notaría de la Reina de don Pablo Javier Martinez Loaiza, con fecha 31 de diciembre de 2025, en el siguiente sentido: Uno) error en la razón social de Sociedad de Rentas REAM Limitada, constituida en el artículo CUARTO de la escritura individualizada, consignado erróneamente en la cláusula SEGUNDA de los estatutos como “Sociedad de Rentas Aguirre Moltedo Limitada” corrigiéndose para establecer que la razón social correcta es “Sociedad de Rentas REAM Limitada”; Dos) error en el capital de Sociedad de Rentas REAM Limitada consignado en la cláusula SEXTA de los estatutos, corrigiéndose para establecer que dicha cláusula debe decir lo siguiente: “SEXTA: El capital de la sociedad es la cantidad de ciento cincuenta y cinco millones trescientos treinta y seis mil setecientos treinta y cuatro pesos, que los socios enteran de la siguiente forma: uno) don Jorge Tomás Aguirre Moltedo, con un veinticinco por ciento, aporta treinta y ocho millones ochocientos treinta y cuatro mil ciento ochenta y tres pesos, ya ingresados en caja social; dos) doña Rosa Eliana Aguirre Moltedo, con un veinticinco por ciento, aporta treinta y ocho millones ochocientos treinta y cuatro mil ciento ochenta y tres pesos, ya ingresados en caja social; tres) doña María Francisca Aguirre Moltedo, con un veinticinco por ciento, aporta treinta y ocho millones ochocientos treinta y cuatro mil ciento ochenta y cuatro pesos, ya ingresados en caja social; cuatro) doña Paula Aguirre Moltedo, con un veinticinco por ciento, aporta treinta y ocho millones ochocientos treinta y cuatro mil ciento ochenta y cuatro pesos, ya ingresados en caja social”. En lo demás, los estatutos sociales de Sociedad de Rentas REAM Limitada permanecen vigentes en todos sus términos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de mayo de 2026.