Río Baker SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2026
- Repertorio
- 25540
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.151.086.200 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea N° 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifica que por escritura pública de fecha 15 de Mayo de 2026, Repertorio N° 25540, ante mí, que en junta extraordinaria de accionistas de Río Baker SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 95.835, número 47.041, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, celebrada con fecha 15 de mayo de 2026 y reducida a escritura pública en la misma fecha, ante mí, bajo el repertorio N° 25.540/2026, sus accionistas acordaron, entre otras materias no susceptibles de extracto, lo siguiente: (i) Aumentar el capital de la Sociedad en la cantidad de $1.151.086.200, esto es, desde su monto actual de $182.060.221.229, dividido en 1.040.053 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de $183.211.307.429, dividido en 1.046.376 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 6.323 nuevas acciones de pago, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de tres meses desde la fecha de la junta de accionistas; y (ii) En virtud del acuerdo anterior, modificar el Artículo Quinto permanente y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, reemplazando íntegramente sus textos por los siguientes: “Artículo Quinto. Capital y Acciones. El capital de la sociedad es la cantidad de ciento ochenta y tres mil doscientos once millones trescientos siete mil cuatrocientos veintinueve pesos, dividido en un millón cuarenta y seis mil trescientas setenta y seis acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. capital podrá ser pagado en dinero efectivo y en otros bienes.”. “Artículo Primero Transitorio. El capital de la sociedad establecido en el Artículo Quinto, ascendente a ciento ochenta y tres mil doscientos once millones trescientos siete mil cuatrocientos veintinueve pesos, dividido en un millón cuarenta y seis mil trescientas setenta y seis acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, ha sido íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: Uno) Inversiones VHP Limitada ha suscrito y pagado un millón mil trescientas veintitrés acciones; Dos) Inversiones Valle Simpson Limitada ha suscrito y pagado treinta y tres mil trescientas treinta y un acciones; Tres) Ganadera El Pegual SpA ha suscrito y pagado seis mil setecientas veintidós acciones; y Cuatro) Inversiones Nueva VHP SpA ha suscrito y pagado cinco mil acciones.”. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 20 de mayo de 2026.